ley 7.613, artículo 8
Texto
Artículo 8° La inscripción de la adopción, además
de las indicaciones comunes a toda inscripción, deberá
contener:
1° Nombre, apellido, nacionalidad, estado civil,
profesión y domicilio del adaptado y del adoptante;
2° Lugar donde se encuentra la inscripción de
nacimiento del adoptado, y
3° Referencia a la escritura pública de adopción. Si
el adoptado ha tomado el o los apellidos del adoptante o de
los adoptantes, se mencionará este hecho.