ley 19.886, artículo 36
Texto
Artículo 36.- Modifícase el inciso segundo del
artículo 3º, letra b), del decreto supremo Nº 104, de
1977, del Ministerio del Interior, que fijó el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 16.282,
que contiene disposiciones permanentes para casos de sismo o
catástrofe, intercalando entre la palabra "pública" y la
frase "a las reparticiones", la expresión "o privada".