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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 5363-2019

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Fecha: 09 de agosto de 2019

Destinatario: SUBSECRETARIA DE SALUD PÚBLICA

Observación: a) Los subsidios de las licencias médicas SANNA, durarán hasta el término de la correspondiente licencia médica, aun cuando haya terminado el contrato de trabajo, sin distinguir si la prestación de servicios es para el sector privado o público. b) Tratándose de un trabajador temporal cesante, corresponde la autorización de la licencia médica SANNA con derecho a subsidio, aun cuando esté incompleta, mientras no conste antecedente alguno que se haya iniciado una nueva relación laboral. c) Si las licencias médicas SANNA son continuas, bastará que la licencia médica anterior contenga la información de la zona C, por lo cual se debe dar curso a la licencia médica aun cuando se encuentre incompleta.

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: Ley Sanna

Departamento(s): Intendencia de Beneficios Sociales

Departamento(s): CONTENCIOSO - INTENDENCIA DE BENEFICIOS SOCIALES - NORMATIVO

Concordancia con Circulares: 3293, 3346, 3363, 3364, 3367, 3407, 3410, 3438,3439

1.- Esa Subsecretaría, en el ejercicio de las funciones y atribuciones que le confiere la Ley N°21.063 que creó el Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas afectados por una condición grave de salud (SANNA), ha estimado necesario solicitar a esta Superintendencia un pronunciamiento en relación a determinados casos que, según indica, no se encuentran abordados en las Circulares emitidas sobre la materia.

Los casos cuyos pronunciamientos se solicitan, son los siguientes:

a) Si resulta aplicable el artículo 15 del D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social a las licencias médicas SANNA, es decir, si a éstas se les aplica la continuidad del derecho a subsidio cuando haya terminado el contrato de trabajo del trabajador o trabajadora y se presenta el finiquito asociado.

b) Si corresponde autorizar con derecho a subsidio por incapacidad laboral (SIL) una licencia médica SANNA, cuando el trabajador o trabajadora es cesante temporal, condición acreditada en la primera presentación y no se completa la zona C de las licencias médicas que siguen a la primera.

c) Si corresponde autorizar con derecho a SIL una licencia médica SANNA, cuando el trabajador o trabajadora entregó a conformidad en su primera presentación los requisitos establecidos en la normativa y presenta licencias médicas continuas, posteriores a la primera, donde el empleador no aporta la zona C y tampoco los antecedentes que respaldan la relación laboral.

2.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple con informar, en primer término, que la Ley N°21.063 creó un nuevo beneficio de seguridad social, denominado "Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas", en adelante SANNA, de carácter obligatorio que permite al padre, a la madre o al tercero a cuyo cargo se encuentra un menor, que tengan la calidad de trabajadores, ausentarse justificadamente de su trabajo durante un tiempo determinado, con el objeto de prestar atención, acompañamiento o cuidado personal a sus hijos e hijas mayores de 1 año y menores de 15 o 18 años de edad, según corresponda, cuando estén afectados por una condición grave de salud durante el período de tratamiento o recuperación o en la fase final de una condición terminal. Durante este período el trabajador o trabajadora que cumple determinados requisitos de afiliación y cotización recibe un subsidio que reemplaza total o parcialmente su remuneración o renta mensual.

Por su parte, el artículo 42 de la Ley SANNA establece que esta Superintendencia ejercerá las funciones y atribuciones de supervigilancia, control, regulación, fiscalización y sanción respecto del Seguro. Para estos efectos, este Organismo estará investida de las mismas facultades que su normativa legal le otorgue respecto de los organismos sometidos a su fiscalización.

Atendido lo anterior, este Organismo y dentro de la órbita de su competencia, se pronunciará sobre los casos señalados en el mismo orden de la consulta:

a) Aplicabilidad del artículo 15 del D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social: El citado artículo 15 establece que "los subsidios durarán hasta el término de la correspondiente licencia médica, aún cuando haya terminado el contrato de trabajo". Al respecto, cabe señalar que el artículo 15 resulta perfectamente aplicable a las licencias médicas SANNA de trabajadores y trabajadoras dependientes de los sectores privado y público. En efecto, la Ley N°21.063 establece el derecho al subsidio para los trabajadores dependientes, sin distinguir si la prestación de servicios es para el sector privado o público, entendiéndose por tanto que los funcionarios públicos perciben subsidio y no mantienen su remuneración.

b) Autorización de licencia médica SANNA con derecho a SIL, en el caso de un trabajador temporal cesante cuya condición de cesantía fue acreditada en una primera presentación (entendiendo que se trata de una primera licencia) y en las licencias médicas que le siguen, no se completa la zona C. En este caso, corresponde la autorización de la licencia médica SANNA con derecho a subsidio, en el entendido que no conste antecedente alguno que el trabajador o trabajadora ha iniciado una nueva relación laboral.

c) Autorización de licencia médica SANNA de un trabajador o trabajadora que, en una primera presentación, su empleador completó la zona C y en las siguientes licencias médicas continuas no aportó la zona C. En este caso, si las licencias médicas son continuas, bastará que la licencia médica anterior contenga la información de la zona C, evento en cual se debe dar curso a la licencia médica aun cuando se encuentre incompleta.

3.- En consecuencia y mérito de lo antes expuesto, este Organismo solicita a usted dar la mayor difusión a los pronunciamientos a que se refiere el presente Oficio. Sin perjuicio de lo anterior, estos pronunciamientos serán incorporados en las nuevas instrucciones que elabore esta Superintendencia.

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
23/07/2024Circular 3818Ley SannaSEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LOS NUEVOS INCISOS QUINTO Y SEXTO DEL ARTÍCULO 15 DE LA LEY N°21.063ley N° 21.063; Ley N° 21.614
31/10/2023Circular 3791 SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). DEROGA Y REEMPLAZA LAS CIRCULARES N°s 3.410 Y 3.678, DE 2019 Y 2022, DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIALLey N° 21.063; Ley Nº 21.614
30/10/2023Circular 3789 SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). ACTUALIZA INSTRUCCIONES. DEROGA CIRCULARES N°s 3.363, 3.439, 3.534 y 3.767, SOBRE REQUERIMIENTOS DE INFORMACIÓN QUE DEBEN REMITIR MENSUALMENTE A LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL, LAS ENTIDADES RECAUDADORAS, PAGADORAS Y ADMINISTRADORAS DEL FONDO SANNALey N° 21.063; Ley Nº 21.614
30/10/2023Circular 3788Ley SannaSEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). MODIFICA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS POR LA CIRCULAR No 3.367, DE 2018, DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIALLeyes Nos. 16.395, 21.010, 21.063 y 21.614
20/10/2023Circular 3785Ley SannaSEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). ACTUALIZA INSTRUCCIONES. REEMPLAZA Y DEROGA CIRCULAR N°3.364, DE 2018 Y CIRCULAR N°3.407, DE 2019, AMBAS DE ESTA SUPERINTENDENCIAley N° 21.063; Ley N° 21.614
28/09/2023Circular 3768Ley SannaSEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LA CONTINGENCIA “ENFERMEDAD GRAVE QUE REQUIERA HOSPITALIZACIÓN EN UNA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS O DE TRATAMIENTOS INTERMEDIOS”, ESTABLECIDA EN LA LETRA E) DEL ARTÍCULO 7° DE LA LEY N°21.063ley N° 21.063; Ley N° 21.614
28/09/2023Circular 3767Ley SannaSEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). MODIFICA Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS POR LAS CIRCULARES N°s 3.363 Y 3.364, MODIFICADA ESTA ÚLTIMA POR LA CIRCULAR N°3.407Leyes N°s 21.063 y 21.614
28/06/2022Circular 3678Ley SannaSEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS. MODIFICA Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS POR LA CIRCULAR No 3.410, DE 2019, DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIALLeyes N°s. 16.395, 21.010 y 21.063; D.S. N° 112, de 2018, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social,
28/12/2021Circular 3646Licencias médicas - VariosIMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LAS CAUSALES DE RECHAZO DE ORDEN JURÍDICO DE LA LICENCIA MÉDICALey Nª 16.394; D.S. Nª 3, de 1984, del MINSAL
17/11/2021Circular 3632Ley SannaSEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). MODIFICA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS POR LA CIRCULAR No 3.367, DE 2018, DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIALLeyes Nos. 16.395, 21.010 y 21.063
25/01/2021Circular 3575Licencias médicasAPLICACIÓN DE LAS MODIFICACIONES QUE SE INDICAN, AL D.S. N°3, DE 1984, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE AUTORIZACIÓN DE LICENCIAS MÉDICAS POR LAS COMISIONES DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ Y LAS INSTITUCIONES DE SALUD PREVISIONAL, INTRODUCIDAS POR EL DECRETO N°46 de 2019, DEL MISMO MINISTERIO. IMPARTE INSTRUCCIONESLey N° 16.395. D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud. D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud.
24/11/2020Circular 3559Ley SannaSEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE CONTINGENCIA “ACCIDENTE GRAVE CON RIESGO DE MUERTE O DE SECUELA FUNCIONAL GRAVE Y PERMANENTE”, ESTABLECIDA EN LA LETRA D) DEL ARTÍCULO 7° DE LA LEY N°21.063Ley N°16.395; Artículo 2, 6, 7, 10, 12, 13, 14, 42 de la Ley N°21.063; Ley N°20.585; Artículo 1° del decreto con fuerza de ley N°1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; Artículo 42 número 2 de la Ley de Impuesto a la Renta]; inciso primero del artículo 89 del D.L. N°3.500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N°19.966; Artículo 21 del Decreto N°69, de enero de 2019; Ley N°16.744
10/09/2020Circular 3534Ley SannaSEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS. MODIFICA Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS POR LA CIRCULAR Nº 3.363, DE 2018, DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIALLey Nº 16.395; Ley Nº 21.010; Ley Nº 21.063; Ley Nº 16.744
07/09/2020Circular 3533Ley SannaINFORMA SOBRE EL “SISTEMA DE INFORMACIÓN TECNOLÓGICO DEL SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS” (SIT-SANNA). IMPARTE INSTRUCCIONESLey Nº 16.395; Artículo 21, 42 Ley Nº 21.063; Ley Nº 16.744
13/12/2019Circular 3479Ley SannaSEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE CONTINGENCIA ESTADO O FASE TERMINAL DE LA VIDA, ESTABLECIDA EN LA LETRA C) DEL ARTÍCULO 7° DE LA LEY N°21.063. Ley N°16.395; Artículo 2, 6, 7, 10, 12, 13, 14, 42 de la Ley N°21.063; Ley N°20.585; Artículo 1° del decreto con fuerza de ley N°1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; Artículo 42 número 2 de la Ley de Impuesto a la Renta]; inciso primero del artículo 89 del D.L. N°3.500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N°19.966; Artículo 21 del Decreto N°69, de enero de 2019; Ley N°16.744
08/08/2019Circular 3439Ley SannaSEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). MODIFICA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS EN LA CIRCULAR N°3.363, A LAS ENTIDADES QUE PARTICIPAN DE LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO DE LA LEY N° 21.063Artículo 37 de la Ley N°21.063; Ley N° 21.010; artículo 45, del D.L. N° 3.500 de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N°16.744
05/04/2019Circular 3410Ley SannaSEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS INSTITUCIONES Y ENTIDADES QUE PARTICIPAN DE LOS GASTOS DE ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO DE LA LEY N°21.063;Leyes N°s. 16.395, 21.010 y 21.063; D.S. N° 112, de 2018, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social,
13/03/2019Circular 3407Ley SannaSEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). COMPLEMENTA Y MODIFICA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS EN LA CIRCULAR N° 3.364, A LAS ENTIDADES E INSTITUCIONES QUE PARTICIPAN EN LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO DE LA LEY N°21.063, PARA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIOLey N° 21.133; Ley N° 16.395; Ley N° 21.063
03/07/2018Circular 3367Ley Sanna - Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS DE LA LEY N°21.063. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES QUE INTERACTÚAN CON EL FONDO SANNA RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO PARA OPERAR CON DICHO FONDO.Leyes N°s. 21.010 y 21.063.
22/06/2018Circular 3364Ley Sanna - Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS. DEROGA Y REEMPLAZA CIRCULAR N° 3346, IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES E INSTITUCIONES QUE PARTICIPAN EN LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO DE LA LEY N°21.063, PARA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO.Ley N° 21.063.
19/06/2018Circular 3363 SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REQUERIMIENTOS DE INFORMACIÓN QUE DEBEN REMITIR MENSUALMENTE A LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL LAS ENTIDADES RECAUDADORAS, PAGADORAS Y ADMINISTRADORA DEL FONDO SANNA DE LAS LEYES N°s. 21.010 Y 21.063.Ley N° 21.063.
31/01/2018Circular 3346Ley Sanna - Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE LOS NIÑOS Y NIÑAS. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES E INSTITUCIONES QUE PARTICIPAN EN LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO DE LA LEY N°21.063, PARA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO Y PAGO DEL SUBSIDIOLey N° 21.063
08/05/2017Circular 3293Ley Sanna - Seguro laboral (Ley 16.744)FONDO QUE FINANCIA EL SEGURO PARA LAS MADRES Y PADRES DE HIJOS E HIJAS MAYORES DE UN AÑO Y MENORES DE 15 O 18 AÑOS DE EDAD, SEGÚN CORRESPONDA, AFECTADOS POR UNA CONDICIÓN GRAVE DE SALUD. IMPÁRTE INSTRUCCIONES A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744 
Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
31/08/2023Dictamen O-01-S-00857-2023Ley SannaLey SANNALeyes N°s. 16.395 y 21.063 y, Decreto N°4, de 2020, del Ministerio de Salud.
25/10/2022Dictamen 4327-2022Ley SannaLey SANNA - Base de cálculoLeyes N°s 16.395 y 21.063
30/06/2022Dictamen 2589-2022Ley SannaLey SANNALeyes N°s. 16.395 y 21.063 y, Decreto N°4, de 2020, del Ministerio de Salud.
11/03/2022Dictamen 932-2022Ley Sanna - VariosCobranza de cotizaciones - MultasLeyes N°s 16.395, 16.744, 17.322, 19.880, 21.010 y 21.063.
17/11/2021Dictamen 4297-2021Asignación familiar - Ley Sanna - Licencias médicas - Seguro laboral (Ley 16.744) - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) - Trabajadores independientesTrabajadores independientesLeyes N°s. 16.395 y 21.133
04/05/2021Dictamen 54652-2021Ley SannaLey SANNA - Base de cálculoLey Nº 16.395; Ley Nº 21.063
04/02/2021Dictamen 468-2021Ley SannaLey SannaLeyes N°s 16.395 y 21.063, y Decretos N°4 y 1, de 2020 y 2021, respectivamente, ambos del Ministerio de Salud
13/01/2021Dictamen 3306-2021Ley SannaLey SANNA 
17/06/2020Dictamen 2018-2020Ley SannaLey SANNALeyes N°s 16.395 y 21.063 y Decretos N°4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud y N°104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, prorrogado por el decreto N°269, de 12 de junio de 2020, del citado Ministerio.
12/05/2020Dictamen 42365-2020 Trabajador independiente - Licencia Médica - Subsidio por incapacidad laboralLey 16.395; Ley 18.933; Ley 21.133; DFL 44 de 1978 del Ministerio del Trabajo; DFL 1 de 2005 del Ministerio de Salud
13/11/2019Dictamen 6807-2019Ley SannaSeguro para el acompañamiento de niños y niñasLeyes N°s.16.395; Artículo 1, 2°, letra b) de la Ley N°21.063; Ley N°16.744; Ley N°21.010; D.L. N°3.500, 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social,
10/07/2019Dictamen 4960-2019Ley SannaLey Sanna - Licencias médicas: Artículos 12, 13, 14 de la Ley N°21.063, Decreto 69, de 2019, del Ministerio del Trabajo y Previsión
25/06/2019Dictamen 4647-2019Ley SannaLicencias médicas - Ley SannaLey N°21.063
24/05/2019Dictamen 3975-2019Ley SannaLicencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) - Licencia médica Ley SANNALeyes N°s 16.395 y 21.063
24/04/2019Dictamen 3435-2019Ley SannaLey SANNALey N°21.063; decreto con fuerza de ley N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional,
11/04/2019Dictamen 4620-2019 (Resolución Exenta IBS)Ley SannaSeguro para el acompañamiento de niños y niñasLey Nº16.395; artículo 9° inciso final, de la Ley N°21.063; D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud
09/04/2019Dictamen 05961-2019Ley SannaResolución - Licencias Médicas SANNA - Causales - De orden jurídico administrativo - Incumplimiento del reposo - RechazoLey N° 16.395; D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 21.063
03/04/2019Dictamen 05106-2019Ley SannaTraspaso - Licencias Médicas SANNA - TramitaciónLey N°16.395; D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; artículo 7, 15, 21 Ley N°21.063
19/03/2019Dictamen 3781-2019 (Resolución Exenta IBS)Ley Sanna - Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Seguro para el acompañamiento de niños y niñasLey Nº16.395; D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°21.063
05/02/2019Dictamen 00701-2019Ley SannaLicencias Médicas SANNA - Resolución - Causales - De orden jurídico administrativo - RechazoLey N° 16.395; D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 21.063
22/01/2019Dictamen 873-2019Ley SannaCobranzas de cotizaciones - MultasLeyes N°s. 16.395, 16.744, 17.322 y 21.063.
13/11/2018Dictamen 55417-2018Ley Sanna - Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Seguro para el acompañamiento de niños y niñasLey N°21.063.
13/11/2018Dictamen 55415-2018Ley Sanna - Licencias médicasSeguro para el acompañamiento de niños y niñasLey N°21.063.
06/11/2018Dictamen 54147-2018Ley Sanna - Licencias médicasSeguro para el acompañamiento de niños y niñasD.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.L. N°3.500, de 1980, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, que establece el Nuevo Sistema de Pensiones y Leyes N°s. 17.322, 21.010 y 21.063.
25/10/2018Dictamen 52486-2018Ley Sanna - VariosCobranza de cotizaciones - MultasLeyes N°s 16.395, 16.744, 17.322, 19.880, 21.010 y 21.063.
16/10/2018Dictamen 50759-2018Ley Sanna - Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Financiamiento - Seguro para el acompañamiento de niños y niñasLeyes N°s 16.395 y 21.063.
22/08/2018Dictamen 42615-2018Ley Sanna - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Seguro para el acompañamiento de niños y niñasD.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.L. N°3.500, de 1980, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, que establece el Nuevo Sistema de Pensiones y Leyes N°s. 17.322, 21.010 y 21.063
25/06/2018Dictamen 32920-2018Ley Sanna - Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)SannaLey N°21.063
21/06/2018Dictamen 32672-2018Ley Sanna - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Derecho a subsidio - Licencia médica Ley SANNA - Funcionarios públicosLey N°21.063
05/04/2018Dictamen 16883-2018Ley Sanna - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Seguro para el acompañamiento de niños y niñasLey N°21.063
23/02/2018Dictamen 10185-2018Ley Sanna - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Seguro para el acompañamiento de niños y niñasD.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.L. N°3.500, de 1980, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, N°s. 17.322, 21.010 y 21.063
26/03/2015Dictamen 18854-2015Ley Sanna - VariosCobranza de cotizaciones - Multas Leyes N°s 16.395, 16.744, 17.322, 19.880, 21.010 y 21.063
TítuloDetalle
Artículo 15DFL 44 de 1978 Mintrab, artículo 15