Ir al contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas sobre Licencias Médicas, Subsidios por Incapacidad Laboral y Seguro SANNA


2.1 EMPLEADOR Y TRABAJADOR INDEPENDIENTE ADSCRITO AL SISTEMA DE LME

LIBRO II. LICENCIAS MÉDICAS

TÍTULO II. TRAMITACIÓN DE LA LICENCIA MÉDICA

2. TRAMITACIÓN POR PARTE DEL EMPLEADOR Y DEL TRABAJADOR INDEPENDIENTE

2.1 EMPLEADOR Y TRABAJADOR INDEPENDIENTE ADSCRITO AL SISTEMA DE LME

2.1 EMPLEADOR Y TRABAJADOR INDEPENDIENTE ADSCRITO AL SISTEMA DE LME

El empleador o el trabajador independiente debe completar la sección C del formulario en la plataforma habilitada para la tramitación de la licencia médica electrónica. En caso de tratarse de una licencia médica en papel, debe hacerlo en forma manuscrita con letra imprenta, clara y legible.

  • C.1 Identificación completa del empleador o trabajador independiente.

    Indicación de la actividad laboral del trabajador y su ocupación.

  • C.2 Identificación del régimen previsional del trabajador:

    1. Calidad del trabajador

    2. Fecha de primera afiliación a una entidad previsional

    3. Fecha de contrato de trabajo

    4. Tipo entidad pagadora del subsidio

    5. Nombre entidad pagadora del subsidio.

  • C.3 Informe de remuneraciones imponibles, rentas y/o subsidios, consignando la información correspondiente a los meses anteriores a la fecha de la incapacidad, excepto las remuneraciones ocasionales o que correspondan a un período superior a un mes:

    1. En caso de licencias maternales debe completarse, además, el cuadro complementario;

    2. Porcentaje de desahucio, en el caso de los funcionarios públicos que mantienen el régimen de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos, entre otros;

    3. Remuneración imponible total del mes anterior al inicio de la licencia médica.

  • C.4 Indicar si el trabajador ha tenido licencias médicas anteriores en los últimos 6 meses, en caso afirmativo, consignar la información correspondiente.

El empleador y el trabajador independiente deben suscribir el formulario de licencia médica, consignando su nombre y en el caso de licencia médica papel debe estampar su timbre.

Los empleadores deben remitir las licencias médicas a la COMPIN o a la C.C.A.F., según corresponda:

  • Registro y comprobante.

    Una vez tramitada la licencia médica electrónica, el sistema de información guarda registro de la misma en el repositorio respectivo. El empleador o trabajador independiente adscrito puede imprimir el respectivo comprobante que certifica dicho hecho.