Dictamen O-01-DFS-04011-2025
1. Como es de su conocimiento, esta Superintendencia, mediante la Circular N°3.892, de 2025, impartió instrucciones sobre el procedimiento para determinar el ingreso promedio de los beneficiarios o beneficiarias y el correspondiente tramo de asignación familiar, utilizando registros administrativos proporcionados por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia (MDSyF), además, señaló que a contar de la fecha de disponibilización de esta información, en la Plataforma Integrada de Asignación Familiar, Subsidio Único Familiar y Regímenes Relacionados (PIAS), se crearía un nuevo tramo de ingreso de asignación familiar de carácter definitivo para los ingresos del primer semestre del año 2025. Lo anterior, con el objetivo de complementar los ingresos registrados por las entidades administradoras respecto de sus beneficiarios o beneficiarias.
2. Atendido lo anterior, y debido a ajustes de datos que impiden disponibilizar los ingresos directamente en la plataforma PIAS a la fecha de este oficio, se informa que se remitirá una nómina que contiene el detalle de los ingresos (remuneraciones, rentas del trabajador, subsidios por incapacidad laboral y pensiones) percibidos y devengados por los beneficiarios y beneficiarias que esa entidad tiene registrado con reconocimientos vigentes en PIAS.
La nómina se remitirá junto con el presente oficio, vía correo electrónico o a través de transmisión segura de archivos (SFTP) dependiendo de la imposibilidad técnica con el primer medio. La estructura de la información se remite en el anexo adjunto a este oficio.
3.- AJUSTES EN EL PIAS ASOCIADOS AL INGRESO Y ACTUALIZACIÓN DE RECONOCIMIENTOS
A continuación, se señalan los ajustes que se incorporarán en los servicios de ingreso y actualización de reconocimientos de la plataforma (PÍAS).
En relación a los servicios de consulta y de extinción en el PIAS, éstos no se verán afectados por los ajustes, por lo que dichas funcionalidades permanecerán sin cambio alguno.
3.1. Identificación del período de vigencia de los valores de las asignaciones familiares y maternales.
Los valores de las asignaciones familiares y maternales desde el 1° de diciembre de 2025 en adelante, se identificarán como "202504", manteniendo los montos de los tramos vigentes del período anterior y para efectuar la determinación de ingresos debe complementar los ingresos ya registrados, con la nómina que se envía en este oficio.
3.2. El período de ingreso en el PIAS de los reconocimientos de asignaciones familiares y maternales que involucren el período 2025.
El período entre el 1° de enero hasta el 30 de abril de 2025, se identifica como "202501".
El período entre el 1° de mayo hasta el 30 de junio de 2025, se identifica como "202502".
El período entre el 1° de julio hasta el 30 de noviembre de 2025, se identifica como "202503".
Los tramos correspondientes, a contar del 1° de diciembre de 2025, se identificarán como "202504" y se deberá informar de la forma que opera en la actualidad.
3.3 Actualización de tramos en el PIAS de los reconocimientos de asignaciones familiares y maternales que involucren a contar del 1° de diciembre de 2025.
Las entidades administradoras deben efectuar la actualización de tramos correspondientes al periodo "202504" señalado en el punto anterior, para incorporar los nuevos valores asociados a los tramos de ingresos, vigentes a contar del 1° de diciembre de 2025.
4.- ENTRADA EN RÉGIMEN DE LOS AJUSTES EN PIAS
Los ajustes en el sistema comenzarán a operar siguiendo la siguiente programación:
a) Con el fin de preparar el proceso de puesta en marcha de estos ajustes, las entidades podrán efectuar las pruebas que estimen pertinentes, en el sitio de desarrollo en https://pias-qa.suseso.cl/logine/externo.
b) Los ajustes estarán disponibles para operar en régimen desde el lunes 1 de diciembre de 2025, en el sitio https://pias.suseso.cl/login/externo,fecha desde la cual las entidades administradoras podrán efectuar, íntegramente, todas las transacciones de ingreso y actualización de reconocimiento.
c) En caso de presentar problemas, se debe seguir el protocolo de incidencias o consultas, descrito en el numeral 5 de la pestaña documentación técnica de la página https://www.suseso.cl/606/w3-propertyvalue-675022.html, en el sitio web de SUSESO.
| Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 13/11/2025 | Circular 3892 | Asignación familiar | RÉGIMEN DE PRESTACIONES FAMILIARES. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE EL PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR EL INGRESO PROMEDIO DE LOS BENEFICIARIOS Y BENEFICIARIAS. | artículo 2° de la Ley N°16.395.; .F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 75. de 1974. del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; |
| 25/09/2025 | Circular 3882 | Asignación familiar | RÉGIMEN DE PRESTACIONES FAMILIARES. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA EL RECONOCIMIENTO DEL CONVIVIENTE CIVIL COMO CAUSANTE DE ASIGNACIÓN FAMILIAR | Ley N° 16.395, artículo 2; D.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
| 28/03/2025 | Circular 3859 | Asignación familiar | IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA "PLATAFORMA INTEGRADA DE ASIGNACIÓN FAMILIAR, SUBSIDIO ÚNICO FAMILIAR Y REGÍMENES RELACIONADOS" (PIAS). | Ley N° 16.395, artículo 2; |
| 28/11/2024 | Circular 3844 | Asignación familiar | REFUNDE Y ACTUALIZA INSTRUCCIONES EN MATERIA DE RÉGIMEN DE PRESTACIONES FAMILIARES. DEROGA CIRCULARES QUE INDICA. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 53, de 2007, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 75. de 1974. del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 307, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 869, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 15386; Ley N° 16395; Ley N° 18020; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19728; Ley N° 20255; Ley N° 20328 |
| 07/07/2023 | Circular 3753 | Asignación familiar | RÉGIMEN DE PRESTACIONES FAMILIARES. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES ADMINISTRADORAS RESPECTO DE LA ACREDITACIÓN REMOTA DE CARGAS FAMILIARES | letra b) del artículo 2° de la Ley N°16.395; D.F.L. No 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Decreto No 2, de 2022 del Ministerio de Hacienda, |
| 15/02/2022 | Circular 3654 | Asignación familiar | RÉGIMEN DE PRESTACIONES FAMILIARES. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES ADMINISTRADORAS PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY N°21.400, QUE MODIFICA EL D.F.L. N°150, DE 1981, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL | Ley N°16.395; D.F.L. N°150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N°21.400 |
| 11/06/2021 | Circular 3600 | Asignación familiar | RÉGIMEN DE PRESTACIONES FAMILIARES. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES ADMINISTRADORAS PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY N°21.337, QUE MODIFICA EL D.F.L. N°150, DE 1981, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL RESPECTO DE LOS CAUSANTES DE ASIGNACIÓN FAMILIAR | Ley Nº 21.337; D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley Nº 16.395 |
| 03/12/2019 | Circular 3477 | Asignación familiar - Trabajadores independientes | IMPARTE INSTRUCCIONES AL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL PARA EL RECONOCIMIENTO DE LAS ASIGNACIONES FAMILIARES Y MATERNALES, LA DETERMINACIÓN DEL TRAMO Y EL PAGO DE LOS RESPECTIVOS BENEFICIOS, DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES AFECTOS AL D.L. N° 3.500 DE 1980. MODIFICA CIRCULARES N° 2.511 Y 2.823, DE 2009 Y 2012, RESPECTIVAMENTE. DEROGA CIRCULAR N° 2.833, DE 2012, TODAS DE ESTA SUPERINTENDENCIA. | Ley N° 16.395; Artículo 87 de la Ley N° 20.255; artículo 89 y tercero del artículo 90 del D.L. N° 3.5001 de 1980; D.S. N°20 de 6 de marzo 20191 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 21.133; D.S. N° 261 de 4 de noviembre de 20111 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Artículo 42 N° 2, del D.L. N° 824, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.F.L. N° 150, de 1981 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 75, de 1974, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, |
| 03/10/2019 | Circular 3450 | Asignación familiar | ASIGNACIÓN FAMILIAR. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES ADMINISTRADORAS DEL RÉGIMEN DE PRESTACIONES FAMILIARES RESPECTO DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY N° 21.165 | Artículos 1 y 2, Ley N° 21.165; Ley Orgánica N° 16.395; artículo 3 y 5, del D.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; Artículo 40 bis E, del Código del Trabajo |
| 01/12/2017 | Circular 3340 | Asignación familiar | ASIGNACIÓN FAMILIAR Y MATERNAL, CÁLCULO DEL TRAMO DE INGRESO PARA EFECTOS DE LA DETERMINACIÓN DEL VALOR DEL BENEFICIO. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES ADMINISTRADORAS DEL RÉGIMEN DE PRESTACIONES FAMILIARES. | D.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Ley N° 18.987. |
| 04/07/2017 | Circular 3305 | Asignación familiar | ASIGNACIÓN FAMILIAR. RECONOCIMIENTO COMO CAUSANTE DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DEL HIJO DE UN CONVIVIENTE CIVIL POR PARTE DE OTRO CONTRATANTE DEL ACUERDO DE UNIÓN CIVIL. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES ADMINISTRADORAS DEL RÉGIMEN DE PRESTACIONES FAMILIARES | Ley N° 16.395; D.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 20.830; artículo 31 y 33, del Código Civil |
| 14/06/2017 | Circular 3300 | Asignación familiar | ASIGNACIÓN FAMILIAR. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES ADMINISTRADORAS DEL RÉGIMEN DE PRESTACIONES FAMILIARES RESPECTO DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY N° 20.711 (CONVENCIÓN DE LA APOSTILLA) | Ley N° 16.395; Ley N°° 20.711; D.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
| 11/09/2009 | Circular 2563 | Asignación familiar | ASIGNACIONES FAMILIARES. SITUACIONES DE COMPATIBILIDAD O INCOMPATIBILIDAD CON PENSIONES. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16744; Ley N° 18806; Ley N° 20255 |
| 26/02/2009 | Circular 2511 | Asignación familiar | SISTEMA ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES ESTABLECIDO EN EL D.S. N° 150, DE 1981, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO DE PREVISIÓN SOCIAL. IMPARTE INSTRUCCIONES. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 53, de 2007, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 75. de 1974. del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 307, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 869, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 15386; Ley N° 16395; Ley N° 18020; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19728; Ley N° 20255; Ley N° 20328 |
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 10/10/2025 | Dictamen O-01-S-03360-2025 | Asignación familiar | Asignación familiar - Pensión Garantizada Universal (PGU) | Ley N°16.395 y D.F.L. N°150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 16/06/2025 | Dictamen 83632-2025 | Asignación familiar | Asignación familiar - Pensión Garantizada Universal (PGU) | Ley 16.395, artículo 2; DFL 150 de 1982 Mintrab; Ley 21.419 |
| 09/06/2025 | Dictamen 79654-2025 | Asignación familiar | Asignación familiar - Estudios regulares - Mayor de 18 años de edad | Ley 16.395, artículo 2; DFL 150 de 1982 Mintrab, artículo 3; DS 75 de 1974 Mintrab, artículo 25 |
| 30/04/2025 | Dictamen O-01-S-01263-2025 | Asignación familiar | Pensión Garantizada Universal (PGU) - Asignación familiar - Causante | Leyes N°s 16.395, 21.419 y D.F.L. N°150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 09/04/2025 | Dictamen O-01-S-01059-2025 | Asignación familiar | Pensión Garantizada Universal (PGU) - Asignación familiar | Leyes N°s. 16.395 y 21.419 y, DFL N°150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 20/03/2025 | Dictamen 35807-2025 | Asignación familiar - Compensación | Ley 16.395, artículo 2; DFL 150 de 1982 Mintrab | |
| 20/03/2025 | Dictamen 35779-2025 | Asignación familiar | Asignación familiar - Pensión Garantizada Universal (PGU) | Ley 16.395, artículo 2; DFL 150 de 1982 Mintrab; Ley 21.419 |
| Título | Detalle |
|---|---|
| DFL 150 de 1982 del Ministerio del Trabajo | DFL 150 de 1982 Mintrab |
| Artículo 2 | Ley 16.395, artículo 2 |