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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 95066-2022

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Fecha: 18 de julio de 2022

Destinatario: Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez

Observación: Licencia Médica. Para rechazar la licencia médica por incumplimiento del reposo o en la realización de trabajos remunerados o no durante el período de reposo, ello debe ser verificado por la COMPIN o ISAPRE, según corresponda, dentro del período del reposo de que se trate

Descriptores: Licencia Médica; Realización de trabajos remunerados o no

Fuentes: Ley 16.395, artículo 27; DS 3 de 1984 Minsal, artículo 55

Departamento(s): Departamento Contencioso - Unidad Jurídica

Concordancia con Circulares: 3646

Visto:

La Ley N°16.395 que fija el texto refundido de la ley de organización y atribuciones de la Superintendencia de Seguridad Social; el D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de autorización de licencias médicas por las COMPIN e Instituciones de Salud Previsional y las Resoluciones N°s. 6, 7 y 8 de 2019, de la Contraloría General de la República que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

Que, mediante carta de 04/04/2022, la ISAPRE ha recurrido a esta Superintendencia, reclamando en contra de la Subcomisión, que le ordenó autorizar la licencia médica por 28 días a contar del 08/03/2022, emitida a su afiliado , que rechazó por realización de trabajo remunerado o no, durante período de licencia.

Que, señala la citada ISAPRE que el Departamento de Auditoría interna de esa ISAPRE, realizando fiscalizaciones regulares por protocolo, detecta que el interesado se encuentra haciendo uso irregular de licencias médicas. Esto, pues es propietario de una cafetería, donde él es quien atiende a los clientes durante el período de licencia médica, comprobado personalmente por un Auditor de la Isapre. Se adjunta evidencia y documentos. Cabe hacer notar que esta Cafetería se abrió al público a contar del 01/01/2022 y se encuentra publicitada en redes sociales.

Que, las letras a) y b) del artículo 55 del D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud, establecen que corresponderá el rechazo o la invalidación de una licencia médica ya concedida, cuando el trabajador incurra en incumplimiento del reposo indicado en la licencia médica o en la realización de trabajos remunerados o no durante el período de reposo dispuesto en la licencia.

Que, en todo caso, se debe señalar que de acuerdo al criterio de esta Superintendencia, para rechazar la licencia médica por incumplimiento del reposo o en la realización de trabajos remunerados o no durante el período de reposo, ello debe ser verificado por la COMPIN o ISAPRE, según corresponda, dentro del período del reposo de que se trate.

Que, en tal sentido, del análisis de los antecedentes, especialmente, el documento Informe Contraloría Operacional, que consigna en el numeral 7.1. "Cliente incumple deliberadamente reposos asociados a licencias médicas improcedentes, realizando paralelamente a la licencia médica trabajo remunerado en su emprendimiento Cafetería, que en patentes municipales registra su RUT como dueño, percibiendo un subsidio legal por incapacidad laboral que a todas luces es falso y por la cual recibido de parte de la ISAPRE más de $8.800.000", se concluye que el interesado, incurrió en la causal de realización de trabajos remunerados o no durante el período de reposo, dispuesto en la licencia médica .

Teniendo Presente:

Instrúyese a la Subcomisión, ordenar a la ISAPRE, rechazar la licencia médica , por 28 días a contar del 08/03/2022.

Se deja constancia que en contra de la presente resolución, los interesados podrán interponer con nuevos antecedentes Recurso de Reposición ante esta Superintendencia, dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos, contados desde la fecha de notificación de la presente Resolución, según lo indican los artículos 59 y 25 de la Ley N° 19.880.

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
28/12/2021Circular 3646Licencias médicas - VariosIMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LAS CAUSALES DE RECHAZO DE ORDEN JURÍDICO DE LA LICENCIA MÉDICALey Nª 16.394; D.S. Nª 3, de 1984, del MINSAL
Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
19/03/2024Dictamen 44956-2024Licencias médicasLicencia Médica - Causales de rechazo - Realización de trabajos remunerados o noLey 16.395, artículo 27; DS 3 de 1984 Minsal, artículo 55
25/09/2023Dictamen 125269-2023Licencias médicasCausales de rechazo - Incumplimiento del reposoDS 3 de 1984 Minsal, artículo 55; Ley 16.395, artículo 27
14/06/2023Dictamen 79793-2023Licencias médicasLicencias Médicas - Causales de rechazo - Realización de trabajos remunerados o no 
30/03/2023Dictamen 42470-2023Licencias médicasLicencia Médica - Incumplimiento del reposo - Realización de trabajos remunerados o noDS 3 de 1984 Minsal, artículo 55; Ley 16.395
22/12/2022Dictamen 175287-2022Licencias médicasLicencia Médica - Causales de rechazo - Incumplimiento del reposoLey N° 16.395; DS 3 de 1984, del MINSAL
22/12/2022Dictamen 175187-2022Licencias médicasLicencia Médica - Causales de rechazo - Incumplimiento del reposoLey N° 16.395; DS 3 de 1984, del MINSAL
24/11/2022Dictamen 159298-2022Licencias médicasLicencia Médica - Causal de rechazo - Fuera de plazoDS 3 de 1984 Minsal y Ley N° 16.395
21/11/2022Dictamen 156387-2022Licencias médicasLicencia Médica - Causales de rechazo - Incumplimiento del reposo Ley N°16.395; D.S. N° 3, de 1984, del MINSAL
05/04/2022Dictamen 1246-2022Licencias médicasLicencias Médicas - Causal de rechazoD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud.
25/03/2022Dictamen 35165-2022Licencias médicasLicencias Médicas - Incumplimiento del reposoLeyes Nos 16.395, D.S.No3 de 1984, del Ministerio de Salud.
22/03/2022Dictamen 1057-2022Licencias médicasLicencia Médica - Causales de rechazoD.S. N° 3, de 1984 y Decreto 16, de 2007, ambos del Ministerio de Salud.
04/01/2022Dictamen 31-2022Licencias médicasLicencias Médicas - Causales de rechazoLey 16.395, artículo 27; DS 3 de 1984 MINSAL
TítuloDetalle
Artículo 27Ley 16.395, artículo 27