Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 36552-2017

.

Fecha: 07 de agosto de 2017

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: MUTUALIDAD

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Fuentes: Ley Nº 16.744, D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Concordancia con Circulares: Circular N° 3221, de 2016, de esta Superintendencia.

1.- El interesado se dirigió a esta Superintendencia, reclamando en contra de esa Mutualidad, por cuanto calificó como común el accidente que sufrió el 22 de mayo de 2017, cuando se dirigía desde su domicilio hacia su lugar de trabajo, de lo que discrepa.

Señala que en la fecha indicada, a las 08:50 horas aproximadamente, en circunstancias que se dirigía desde su domicilio hacia su lugar de trabajo, al subir al bus, el conductor cerró las puertas, aprisionando su pie izquierdo, lo que le provocó un dolor leve. Agrega que el dolor se mantuvo, por lo que informó telefónicamente a su Jefe, pero no tenía reemplazante, por lo que debió cumplir su jornada de trabajo. Al día siguiente (que sí contaba con alguien que lo reemplazara, y el dolor era mucho mayor), concurrió a esa Mutualidad.

Acompaña, entre otros antecedentes, Certificado Original emitido por el subgerente de Recursos Humanos de su empleadora, ratificando la ocurrencia del siniestro, en las circunstancias antes expuestas.

2.- Requerida al efecto, esa mutualidad informó que el interesado ingresó a sus dependencias médicas el 23 de mayo de 2017, refiriendo que el día anterior, a las 08:50 horas, aproximadamente, en el trayecto directo desde su domicilio hacia lugar de trabajo, al subir al microbús, se cerraron las puertas del mismo, apretando su pie izquierdo.

Señala que no calificó el referido siniestro como de trayecto, por cuanto el trabajador no aportó elementos tales como parte policial, testigos u otro antecedente que diera cuenta del accidente, en los términos por él relatados, además de existir una contradicción en tanto el médico tratante de la Agencia de Las Condes, donde fue atendido, expresa que habría manifestado que el accidente ocurrió cuando iba bajando de la micro. Asimismo, expresa que no dio inmediato aviso a su empleadora.

3.- Sobre el particular, cabe hacer presente que en conformidad a lo establecido por el inciso segundo del artículo 5° de la Ley N° 16.744, son también accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo de la víctima.

Sobre la misma materia, el artículo 7° del D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social prescribe que la ocurrencia del accidente en el trayecto directo deberá acreditarse ante el respectivo organismo administrador, mediante el respectivo parte de Carabineros u otros medios de convicción igualmente fehacientes. Ahora bien, la declaración de la víctima debidamente circunstanciada y ponderada con otros antecedentes concordantes, también permite formarse la convicción de la ocurrencia del siniestro.

En efecto, frecuentemente las condiciones del lugar y hora en que ocurren los accidentes o la magnitud de la lesión, impiden al trabajador obtener o acompañar un parte policial o la declaración de testigos para acreditar la ocurrencia del accidente.

Atendiendo dicha realidad, este Servicio ha reconocido valor a la declaración del trabajador accidentado cuando se encuentra debidamente circunstanciada y aporta elementos que, corroborados con otros antecedentes, permite establecer la verosimilitud del relato, por ende, lo anterior constituye una presunción fundada que permite corroborar que el accidente efectivamente sucedió en el trayecto que exige la Ley.

En la especie, los antecedentes de que se ha podido disponer permiten tener por acreditada la ocurrencia de un accidente del trabajo en el trayecto, toda vez que la declaración que el interesado efectuó ante esa mutualidad, se encuentra perfectamente circunstanciada en cuanto al día (22 de mayo de 2017), lugar (al subir al bus B-13, en Metro Vespucio Norte, comuna de Recoleta), hora (08:50 horas aproximadamente) y mecanismo lesional del siniestro (al cerrar las puertas el bus, sufre atrición de pie izquierdo).

Asimismo, dicha declaración es concordante con la información contenida en la correspondiente DIAT, con la jornada de trabajo del interesado (de 09:00 a 21:30 horas) y éste se presentó a los servicios médicos de esa mutualidad al día siguiente de ocurrido el infortunio luego de haber comunicado el accidente el mismo día del accidente a su empleador, don Andrés Vergara, lo que es ratificado mediante Certificado emitido por la empresa.

Finalmente, con respecto a la contradicción en que, a juicio de esa Mutualidad, habría incurrido el trabajador, sobre el momento en que ocurrió el accidente, ella no resulta atendible, en tanto la sección III, de la Circular N° 3221, de concordancias, establece que "en caso que el afectado haya otorgado varias declaraciones sobre las circunstancias del siniestro ante su Organismo, se deberá considerar aquella en que conste su firma", haciendo inadmisible lo que se sostiene habría manifestado al médico tratante.

4.- En consecuencia, de acuerdo a las consideraciones precedentes, esta Superintendencia declara que el siniestro sufrido por don Carlos Marcelo Palma Soto , constituye un accidente del trabajo en el trayecto, por lo que corresponde que esa Asociación le otorgue la cobertura de la Ley Nº 16.744.

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
06/10/2017Circular 3321Seguro laboral (Ley 16.744)CALIFICACIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO. IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL SEGURO DE LA LEY N° 16.744. DEROGA CIRCULAR 1.967, DE 2002Ley N° 16395; Ley N° 16744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 20894
13/09/2016Circular 3244Seguro laboral (Ley 16.744)IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N° 16.744 Y A LAS ENTIDADES QUE PARTICIPAN EN LA ADMINISTRACION DEL REGIMEN DE SALUD COMÚN PARA LA CALIFICACIÓN DE PATOLOGÍAS Y APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 77 BIS DE LA LEY N° 16.744. DEROGA Y REEMPLAZA LA CIRCULAR 2229, DE 2005.Ley N° 16744, artículo N° 77 bis; Ley N° 18010; D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 1819, de 1977, del Ministerio de Hacienda.
18/05/2016Circular 3226Seguro laboral (Ley 16.744) - Trabajadores independientesSEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DEL ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES. INCORPORACIÓN DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 88 Y 89 DE LA LEY N° 20.255. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LOS AÑOS 2016 Y 2017, EN VIRTUD DE LA LEY N° 20.894. DEROGA CIRCULARES N°S 24873, DE 2008 Y 2808, DE 2012.Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 18095; Ley N° 19578; Ley N° 20255; Ley N° 20894; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 109, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 110, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3501, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
07/04/2016Circular 3221Accidente de trayectoACCIDENTES DE TRAYECTO. MODIFICA, COMPLEMENTA Y REFUNDE INSTRUCCIONES. DEROGA CIRCULAR N° 3.154, DE 2015.Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 20101; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
30/09/2015Circular 3154Accidente de trayectoACCIDENTES DE TRAYECTO. REFUNDE CIRCULARES N°S 1900, 2302 Y EL TITULO 5.1.3 DE LA CIRCULAR N° 2283, E IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N° 16.744Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 20101; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
11/07/2018Dictamen 35672-2018Seguro laboral (Ley 16.744)Accidente de trayecto. Sujeto pasivo agresión.Ley Nº 16.744 y D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
12/03/2018Dictamen 12279-2018Seguro laboral (Ley 16.744)Accidente del trabajo - CampamentoLey Nº 16.744
06/03/2018Dictamen 11743-2018Accidente de trayectoAccidente de trayecto - Interrupción - Trámites personalesLey N° 16.744 y D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
14/02/2018Dictamen 08507-2018Seguro laboral (Ley 16.744)accidente de trayecto interrupción actividades personalesLey N° 16.744 y D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
08/02/2018Dictamen 06976-2018Seguro laboral (Ley 16.744)accidente de trayecto trayecto directo habitualidadLey N° 16.744 y D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
05/02/2018Dictamen 06118-2018Seguro laboral (Ley 16.744)accidente de trayecto declaración trabajador interrupción o desvío del trayectoLey Nº 16.744 y D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
25/01/2018Dictamen 04352-2018Seguro laboral (Ley 16.744)accidente de trayecto interrupción trayecto trámite personalLey N° 16.744 y D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
25/01/2018Dictamen 04351-2018Seguro laboral (Ley 16.744)accidente de trayecto trayecto racional y directo habitualidadLey N° 16.744
22/01/2018Dictamen 03529-2018Calificación de accidenteAccidente de trayecto - Declaración de la víctimaLey N° 16.744 y D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
28/12/2017Dictamen 59686-2017Seguro laboral (Ley 16.744)accidente con ocasión del trabajo traslado entre habitacionesLey N° 16.744 y D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
27/12/2017Dictamen 59366-2017Seguro laboral (Ley 16.744)accidente de trayecto interrupción trayectoLey N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
17/11/2017Dictamen 53542-2017Seguro laboral (Ley 16.744)accidente de trayecto racionalidad trayectoLey N° 16.744 y D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
08/11/2017Dictamen 51947-2017Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayectoAccidente Trayecto. Declaración circunstanciada.Ley N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
05/10/2017Dictamen 46464-2017Seguro laboral (Ley 16.744)Accidente de trayecto, medios de pruebaLey N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
29/08/2017Dictamen 40702-2017Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayectoAccidentes trayecto declaración relato circunstanciadoLey N° 16.744.
02/06/2017Dictamen 25462-2017Accidente de trayectoAccidente de trayectoLeyes N°s. 16.395, 16.744 y Decreto Supremo Nº 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
17/05/2017Dictamen 22022-2017Seguro laboral (Ley 16.744)Gastos médicos - ReembolsoLeyes N°s. 16.395 y 16.744.
09/05/2017Dictamen 20923-2017Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayectoAccidentes trayecto entre dos empleosLey N° 16.744.
28/04/2017Dictamen 19351-2017Seguro laboral (Ley 16.744)Accidentes colaciónLeyes N°s. 16.395 y 16.744.
28/04/2017Dictamen 19349-2017Accidente de trayectoAccidente de trayectoLey N° 16.744 y D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
06/03/2017Dictamen 10790-2017Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayectoAccidente de trayecto, medios de pruebaLey N° 16.744.
01/03/2017Dictamen 10374-2017Accidente de trayectoAccidente de trayectoLey Nº 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
13/02/2017Dictamen 7388-2017Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayectoAccidentes trayecto habitaciónLey N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social..
18/08/2016Dictamen 48522-2016Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayectoAccidentes trayecto colación testigoLey Nº 16.744 y D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
20/07/2016Dictamen 43288-2016Accidente de trayectoAccidente de trayecto - PruebasLey N°16.744, D.S. N°101 de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
07/06/2016Dictamen 33917-2016Seguro laboral (Ley 16.744)AutomarginaciónLey Nº 16.744 y D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
18/04/2016Dictamen 23009-2016Accidente de trayectoAccidente de trayectoLeyes N°s. 16.395 y 16.744.
TítuloDetalle
Ley 16.744Ley 16.744
Artículo 7DS 101 de 1968 Mintrab, artículo 7
Artículo 5Ley 16.744, artículo 5