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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas sobre Licencias Médicas, Subsidios por Incapacidad Laboral y Seguro SANNA


2. GESTIÓN DEL RIESGO DE OBTENCIÓN IMPROCEDENTE DE BENEFICIOS

LIBRO VI. CONTROL EN EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS MÉDICAS

TÍTULO V. GESTIÓN DE RIESGO DE OBTENCIÓN IMPROCEDENTE DE BENEFICIOS

2. GESTIÓN DEL RIESGO DE OBTENCIÓN IMPROCEDENTE DE BENEFICIOS

2. GESTIÓN DEL RIESGO DE OBTENCIÓN IMPROCEDENTE DE BENEFICIOS

Las COMPIN, a través de la SEREMI de Salud respectiva, y las Isapres, con la información disponible, deberán establecer un sistema integral de gestión del riesgo de obtención improcedente de beneficios o de recursos que contemple, al menos, las siguientes fases críticas: prevención, detección, respuesta y reporte.

Este sistema deberá estar alineado con los sistemas de gestión de riesgos ya implementados y deberá considerar el uso de herramientas tecnológicas adecuadas, basadas en ciencia de datos, para su identificación y mitigación.

Además, el sistema complementará la evaluación de los riesgos operacionales y sus definiciones, para así identificar las áreas más vulnerables dentro de los procesos, líneas de negocio y áreas organizacionales de la entidad, que puedan ser afectadas por el riesgo de obtención improcedente de beneficios.

El enfoque adoptado por las COMPIN a través de la SEREMI de Salud respectiva y por las Isapres, podrá estar basado en el uso de estándares internacionales o hacer referencia a alguno de ellos, considerando las buenas prácticas existentes, y garantizando una gestión estructurada y proactiva del riesgo de obtención improcedente de beneficios. Esto implica la evaluación continua de los riesgos, la implementación de controles específicos y el uso de análisis de datos para la detección temprana de patrones sospechosos, así como la respuesta oportuna y el seguimiento de cualquier obtención improcedente de beneficios detectados o materializados.

La gestión del riesgo de obtención improcedente de beneficios deberá considerar, como mínimo, los siguientes aspectos:

  1. Desarrollo e implementación de la Política de Gestión del Riesgo: Las COMPIN a través de la SEREMI de Salud respectiva y las Isapres deben desarrollar una política clara y detallada que establezca las directrices para la prevención, detección y respuesta ante obtención improcedente de beneficios. Esta política debe estar alineada con las normativas vigentes y los estándares internacionales de buenas prácticas.

    Las COMPIN a través de la SEREMI de Salud respectiva y las Isapres deben desarrollar e implementar procedimientos específicos para aplicar la política de gestión del riesgo de obtención improcedente de beneficios en los procesos y líneas de negocio considerados como vulnerables por la organización, con flexibilidad en la metodología que adopte. Para lo anterior, deberán efectuar un levantamiento de actividades con riesgo crítico y sus mitigadores e incorporarlos en su matriz de riesgos interna. Esto incluye la creación de controles preventivos, mecanismos de detección y protocolos de respuesta.
  2. Revisión periódica de la Política de Gestión del Riesgo: La Política de Gestión de Riesgo de obtención improcedente de beneficios deberá ser revisada anualmente, adecuándose a los escenarios cambiantes de este tipo de riesgo.

    Asimismo, se deben efectuar evaluaciones periódicas del riesgo de obtención improcedente de beneficios en todas las líneas de negocio y procesos, identificando las áreas más vulnerables y adaptando los controles según sea necesario para mitigar estos riesgos.
  3. Promoción de una Cultura Ética: Las COMPIN a través de la SEREMI de Salud respectiva y las Isapres deben promover una cultura organizacional basada en la ética, fomentando la transparencia en todas las operaciones relacionadas con la tramitación de licencias médicas y el pago del subsidio por incapacidad laboral. Esto incluye la implementación de programas de capacitación y concientización para todos los niveles de la institución.
  4. Monitoreo y revisiones: Se debe implementar y mantener un sistema de monitoreo continuo del riesgo de obtención improcedente de beneficios y desarrollar revisiones internas para la detección de actividades sospechosas y la evaluación de la efectividad de los controles existentes dentro del sistema de gestión del riesgo de obtención improcedente de beneficios. Esto incluye el uso de herramientas tecnológicas idóneas para el análisis de datos, la detección de patrones anómalos, y la identificación temprana de riesgos emergentes.
  5. Gestión de Incidentes: Las COMPIN a través de la SEREMI de Salud respectiva y las Isapres deben gestionar los incidentes de obtención improcedente de beneficios que se detecten, incluyendo la recolección de antecedentes, la coordinación de investigaciones internas y externas, su reporte y denuncia, así como la implementación de medidas correctivas.
  6. Establecimiento de Canales de Denuncia: Se debe garantizar la existencia de uno o más canales de denuncia, seguros y confidenciales que permitan a los trabajadores, afiliados y otros a reportar actividades tendientes a la obtención improcedente de beneficios.