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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas sobre Licencias Médicas, Subsidios por Incapacidad Laboral y Seguro SANNA


1. DEFINICIONES

LIBRO VI. CONTROL EN EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS MÉDICAS

TÍTULO V. GESTIÓN DE RIESGO DE OBTENCIÓN IMPROCEDENTE DE BENEFICIOS

1. DEFINICIONES

1. DEFINICIONES

Para efectos de las presentes instrucciones, se entiende por obtención improcedente de beneficios, la autorización de una licencia médica o el pago del subsidio por incapacidad laboral derivado de ésta, sin cumplir los requisitos legales o reglamentarios para ello, mediante la presentación de antecedentes o documentos que no se corresponden con la situación real del solicitante.

La obtención improcedente de beneficios puede ser cometida tanto por personas naturales en calidad de beneficiarios, como por personas naturales o jurídicas que actúen como entidades empleadoras, así como por profesionales o prestadores que intervengan en la emisión o tramitación de licencias médicas irregularmente sin cumplir con los requisitos exigidos para ello.

La obtención improcedente de beneficios en una Isapre o COMPIN puede tener un impacto negativo en su reputación, comprometiendo la confianza de los afiliados y beneficiarios. Esto puede afectar directamente los beneficios de la seguridad social, erosionando la credibilidad tanto de la entidad como del Sistema de Salud, en su conjunto.

Por lo anterior, tanto las COMPIN, a través de la Secretaría Regional Ministerial de Salud (SEREMI de Salud), como las Isapres deberán adoptar un enfoque preventivo y estructurado para la gestión del riesgo de obtención improcedente de beneficios, alineado con el apetito de riesgo vigente y articulado con los sistemas de gestión de riesgos ya implementados, y con la información y antecedentes disponibles al interior de cada una de dichas instituciones.