dl 3501, artículo 25
Texto
Artículo 25.- Reemplázase en la letra a) del artículo
15 de la ley N° 16744, modificada por el artículo
precedente, el guarismo 1 por 0,85 y en la letra b) del
mismo artículo, el guarismo 4 por 3,4.
Artículo 25.- Reemplázase en la letra a) del artículo
15 de la ley N° 16744, modificada por el artículo
precedente, el guarismo 1 por 0,85 y en la letra b) del
mismo artículo, el guarismo 4 por 3,4.