ley 20.971, artículo 44
Texto
Artículo 44.- Introdúcense, a contar del 1 de enero
de 2017, las siguientes modificaciones al artículo 59 de la
ley N° 20.883:
1. Reemplázase en su inciso primero la cantidad
"$337.900" por la siguiente: "$358.174".
2. Reemplázase en su inciso segundo la cantidad
"$24.500" por la siguiente: "$25.284".