ley 19.733, artículo 16
Texto
Artículo 16.- Toda persona natural o jurídica
ofendida o injustamente aludida por algún medio de
comunicación social, tiene derecho a que su aclaración o
rectificación sea gratuitamente difundida, en las
condiciones que se establecen en los artículos siguientes,
por el medio de comunicación social en que esa información
hubiera sido emitida.