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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Circular 3483

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Fecha: 20 de diciembre de 2019

Materia: BONO EXTRAORDINARIO DE APOYO FAMILIAR. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY N°21.195

Tema: Aporte Familiar Permanente

Destinatario: Subsecretaría de Previsión Social; Instituto de Previsión Social; Cajas de Compensación de Asignación Familiar; Mutualidades de Empleadores de la Ley N" 16.744; Instituto de Seguridad Laboral; Administradoras de Fondos de Pensiones; Administradora de Fondos de Cesantía; Compañías de Seguros de Vida; Caja de Previsión de la Defensa Nacional; Dirección de Previsión de Carabineros de Chile; Organismos Públicos Centralizados y Descentralizados; Corporación Administrativa del Poder Judicial; Senado; Cámara De Diputados; Ministerio Público; Defensoría Penal Pública; Presidencia de La República; Municipalidades

Acción: Instruye

Vigencia: No Alterado

Fuentes: Artículo 1, 2, 3, 5, , 7 de la Ley Nº 21.195; Ley Nº 18.020; Ley Nº 19.728; Artículo 1º de la Ley Nº 18.987; Articulo 7 de la D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley Nº 19.234; Articulo 35 de la Ley Nº 20.255;Ley Nº 20.595; artículo 8° del D.F.L. Nº1, del año 2000, del Ministerio de Justicia; Artículo 1 de la Ley Nº 18.987

Departamento(s): INTENDENCIA DE BENEFICIOS SOCIALES - NORMATIVO

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
22/05/2020Circular 3518Aporte Familiar Permanente - Asignación familiar - VariosMODIFICA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS POR LAS CIRCULARES N°3.483 Y N°3.512, AMBAS DE ESTA SUPERINTENDENCIAArtículos 13, 14, de la Ley Nº 21.130; Ley Nº 21.225; Artículos 5, 6, de la Ley Nº 21.195,
TítuloDetalle
DFL 1 de 2000 del Ministerio de JusticiaDFL 1 de 2000 Minjus
Ley 20.595Ley 20.595
Ley 18.987Ley 18.987
Ley 19.234Ley 19.234
Ley 19.728Ley 19.728
Artículo 1Ley 18.987, artículo 1
Artículo 7DFL 150 de 1982 Mintrab, artículo 7
Artículo 35Ley 20.255, artículo 35