dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 1083 (del art. 2)
Texto
Art. 1083. El día incierto e indeterminado es siempre una verdadera condición, y se sujeta a las reglas de las condiciones.
Art. 1083. El día incierto e indeterminado es siempre una verdadera condición, y se sujeta a las reglas de las condiciones.