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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 1083 (del art. 2)

Texto

     Art. 1083. El día incierto e indeterminado es siempre
una verdadera condición, y se sujeta a las reglas de las
condiciones.