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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Ley 19.992, artículo 1

Texto

     Artículo 1º.- Establécese una pensión anual de
reparación en beneficio de las víctimas directamente
afectadas por violaciones a los derechos humanos
individualizadas en el anexo "Listado de prisioneros
políticos y torturados", de la Nómina de Personas
Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de
la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura,
creada por el decreto supremo Nº 1.040, de 2003, del
Ministerio del Interior.