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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Circular 3803

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Fecha: 26 de enero de 2024

Materia: ASISTENCIA TÉCNICA EN LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL ENTRE LAS ENTIDADES EMPLEADORAS Y LAS PERSONAS TRABAJADORAS MODIFICA EL TÍTULO II. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DE LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y DE LOS ADMINISTRADORES DELEGADOS DEL LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

Tema: LEY N° 16.744

Destinatario: - Mutualidades de empleadores Ley N°16.744 - Instituto de Seguridad Laboral - Administradores delegados

Observación: Vigencia desde su publicación

Acción: Instruye

Vigencia: No Alterado

Fuentes: Artículos 2°, 3°, 30 y 38 letra d) de la Ley N°16.395; Artículo 12 de la Ley N°16.744; número 6) del artículo único de la Ley N° 21.645

Departamento(s): INTENDENCIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - REGULACIÓN

Concordancia con Circulares: Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales