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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 5400-2012

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Fecha: 24 de enero de 2012

Tema: SUBSIDIO POR INCAPACIDAD LABORAL

Destinatario: PARTICULAR

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: Reposo - Total - Parcial - Licencias maternales - Pre y postnatal - permiso postnatal parental - Beneficiarios - Madre trabajadora - Padre trabajador

Fuentes: Código del Trabajo; Ley N° 20.545; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.

Concordancia con Circulares: Circulares N°s. 2777 y 2790, de esta Superintendencia.

1.- Ud recurrió a esta Superintendencia, señalando que es trabajadora independiente, reclamando en contra de la Subcomisión de Medicina Preventiva e Invalidez LLanquihue - Palena, por no pagarle los subsidios por incapacidad laboral correspondientes a sus licencias médicas de descanso prenatal y postnatal, otorgadas a contar del 6 de julio y 9 de agosto de 2011, respectivamente, por no cumplir los requisitos legales.

También solicita se le informe sobre el derecho que le asiste para traspasar al padre el descanso postnatal.

2.- Requerida al efecto, la citada Subcomisión remitió fotocopias de sus licencias médicas de descanso pre y postnatal, otorgadas a contar del 6 de julio y 9 de agosto de 2011, respectivamente, certificado de cotizaciones y certificado de iniciación de actividades.

3.- Sobre el particular, esta Superintendencia manifiesta que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 149 del D.F.L. N°1, de 2005, del Ministerio de Salud, que contiene el texto refundido, coordinado y sistematizado de varios cuerpos legales, entre ellos, de la Ley N°18.469, tienen derecho a subsidio por incapacidad laboral los trabajadores independientes que se encuentren afectos a un régimen previsional, que cumplan además con determinados requisitos de afiliación y cotizaciones que se señalan en el mismo artículo, cuales son:

a) Contar con una licencia médica autorizada.

b) Tener doce meses de afiliación previsional anteriores al mes en que se inicia la licencia.

c) Haber enterado al menos seis meses de cotizaciones continuas o discontinuas dentro del período de doce meses de afiliación previsional anterior al mes en que se inició la licencia.

d) Estar al día en el pago de las cotizaciones. Se considerará al día al trabajador que hubiere pagado la cotización correspondiente al mes anterior a aquél en que se produzca la incapacidad.

En la especie, Ud. no cumple el requisito de estar al día en el pago de las cotizaciones, toda vez que de acuerdo con el Certificado de Cotizaciones de la A.F.P. Provida S.A., no pagó las cotizaciones durante el mes de junio de 2011, que es el mes anterior al inicio de su licencia médica de descanso prenatal, que comenzó el 6 de julio de 2011, por lo que no tiene derecho a subsidio por incapacidad laboral por sus licencias médicas de descanso pre y postnatal , por lo que corresponde aprobar lo actuado por la COMPIN pertinente.

En consecuencia, esta Superintendencia confirma lo resuelto por la citada Comisión, en orden a que no le asiste derecho a subsidio por incapacidad laboral por las licencias médicas de descanso pre y postnatal.

Cabe agregar que la circunstancia de que Ud. no haya tenido derecho a pago de subsidio por sus licencias médicas de descanso pre y postnatal, no impide que pueda hacer uso del permiso postnatal parental establecido en el artículo 197bis del Código del Trabajo, agregado por la Ley N° 20.545, que señala que las trabajadoras tendrán derecho a un permiso postnatal parental de doce semanas a continuación del período postnatal, durante el cual recibirán un subsidio cuya base de cálculo será la misma del subsidio por descanso de maternidad a que se refiere el inciso primero del artículo 195.

Dicho beneficio del permiso postnatal parental también se aplica a las trabajadoras independientes, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 152 bis del D.F.L. N° 1, de 2004, del Ministerio de Salud, incorporado por la misma Ley N° 20.545, que señala que los trabajadores independientes tendrán derecho al permiso postnatal parental del artículo 197 bis del Código del Trabajo, el cual podrán ejercer por doce semanas, percibiendo la totalidad del subsidio, o por dieciocho semanas, percibiendo la mitad de aquel.

De conformidad al artículo primero transitorio de la citada ley N° 20.545, quienes a la fecha de su vigencia de la ley (17 de octubre de 2011) se encontraren haciendo uso de su permiso pre o postnatal, cuyo es su caso, podrán hacer uso del permiso postnatal parental establecido en el artículo 197 bis del Código de Trabajo por 12 semanas o 18 semanas si optan por reincorporarse a trabajar en media jornada, en cuyo caso dicho beneficio podrá extenderse hasta que el menor cumpla 30 semanas.

En su caso, tiene derecho al permiso postnatal parental, pero no habiendo percibido subsidio por las licencias médicas de descanso pre y postnatal, tampoco tendrá derecho a pago de subsidio durante este permiso, lo que guarda armonía con lo dispuesto en el artículo 5° del D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, modificado por la misma Ley N° 20.545, que dispone que el subsidio que origine el permiso postnatal parental establecido en el artículo 197 bis del Código del Trabajo se otorgará sobre la base de la licencia médica por reposo postnatal, y conforme a las instrucciones que imparta la Superintendencia de Seguridad Social.

4.- En relación a su consulta de si puede traspasar al padre el descanso postnatal, se hace presente que existen dos beneficios que no deben confundirse, que son, el descanso postnatal y el permiso postnatal parental , que viene a continuación de éste.

El Artículo 195 del Código del Trabajo señala que las trabajadoras tendrán derecho a un descanso de maternidad de seis semanas antes del parto y doce semanas después de él.

El inciso tercero del mismo artículo dispone que si la madre muriera en el parto o durante el período de permiso posterior a éste, dicho permiso o el resto de él que sea destinado al cuidado del hijo corresponderá al padre o a quien le fuere otorgada la custodia del menor, quien gozará del fuero establecido en el artículo 201 de este Código y tendrá derecho al subsidio a que se refiere el artículo 198.

Por tanto, en su situación, el padre no tiene derecho a que se le traspase parte del descanso postnatal establecido en el artículo 195 del Código del Trabajo.

Otra situación distinta se presenta respecto del denominado permiso postnatal parental, regulado en el artículo 197 bis del Código del Trabajo, que señala que las trabajadoras tendrán derecho a un permiso postnatal parental de doce semanas a continuación del período postnatal, ya que el inciso octavo de este artículo señala: "Si ambos padres son trabajadores, cualquiera de ellos, a elección de la madre, podrá gozar del permiso postnatal parental, a partir de la séptima semana del mismo, por el número de semanas que ésta indique. Las semanas utilizadas por el padre deberán ubicarse en el período final del permiso y darán derecho al subsidio establecido en este artículo calculado en base a sus remuneraciones".

Por tanto, en el entendido que el padre de su hijo tiene la calidad de trabajador, Ud. puede traspasarle el permiso postnatal parental, a partir de la séptima semana, caso en el cual, éste podrá tener derecho a subsidio por incapacidad laboral, si cumple los requisitos de afiliación y cotización correspondientes, y en caso de cumplir los requisitos para tener derecho al subsidio, éste se calculará de acuerdo a las remuneraciones del padre.

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
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27/01/2016Circular 3199Licencias médicas - SIL maternalPERMISO POSTNATAL PARENTAL DE FUNCIONARIAS Y FUNCIONARIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y MUNICIPAL. IMPARTE INSTRUCCIONES RESPECTO DE LA APLICACIÓN DE LA LEY N° 20.891D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 16395; Ley N° 18196; Ley N° 18418; Ley N° 18834; Ley N° 18883; Ley N° 19070; Ley N° 19117; Ley N° 19378; Ley N° 20891
22/11/2012Circular 2884Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)SUBSIDIOS MATERNALES. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 3° DE LA LEY N° 20.545 QUE OTORGA UN SUBSIDIO A LAS MUJERES QUE NO TENGAN UN CONTRATO DE TRABAJO VIGENTE A LA SEXTA SEMANA ANTERIOR A LA FECHA PROBABLE DE PARTO.D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16744; Ley N° 20545
10/01/2012Circular 2800Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)SUBSIDIOS MATERNALES. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY N° 20.545 A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL RÉGIMEN DE SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL. MODIFICA CIRCULAR N° 2.777, DE 2011.D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 20545
06/12/2011Circular 2790SIL maternalSUBSIDIOS MATERNALES. MODIFICA Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS MEDIANTE CIRCULAR N° 2777D.F.L. N° 44, de1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Decreto N° 1433, de 2011, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 18867; Ley N° 19620; Ley N° 20545
14/11/2011Circular 2784SIL maternalSUBSIDIOS MATERNALES. IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS SERVICIOS PÚBLICOS RESPECTO DEL PAGO DE LOS SUBSIDIOS POSTNATALES PARENTALES DE SUS FUNCIONARIOS.Ley N° 18469; Ley N° 18933; Ley N° 20545; D.F.L N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 1433, de 2011, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 2763, de 1979, del Ministerio de Salud Pública
21/10/2011Circular 2781SIL maternalSUBSIDIOS MATERNALES. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY N° 20545 A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL RÉGIMEN DE SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL. MODIFICA CIRCULAR N° 2777D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 20545
18/10/2011Circular 2777SIL maternalSUBSIDIOS MATERNALES. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY N° 20.545 A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL REGIMEN DE SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORALD.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16744; Ley N° 19620; Ley N° 20545
Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
21/11/2023Dictamen O-01-S-01332-2023Licencias médicas - SIL maternalpermiso postnatal parental - Licencias MédicasLeyes N°s 16.395 y 20.545; Código del Trabajo, artículo 200
10/08/2023Dictamen 105132-2023Licencias médicasLicencia Médica - Permiso postnatal parentalLey 16.395; ds 3, de 1984, del MINSAL, artículo 197 bis, del Código del Trabajo
28/09/2021Dictamen 127863-2021SIL maternalpermiso postnatal parentalLey Nº 16.395; Ley Nº 20.545
21/03/2019Dictamen 3923-2019 (Resolución Exenta IBS)SIL maternalSubsidio por incapacidad laboral - Base de cálculo - Permiso postnatal parentalLa Ley Nº16.395; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Código del trabajo, artículos 197 bis y 200; Ley 19.620, artículos 24 y 19
21/08/2018Dictamen 26550-2018Licencias médicasPermiso post natal parental Reposo Total - ParcialLey Nº16.395; Ley N°20.545
13/03/2018Dictamen 12625-2018Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Traspaso permiso postnatal parentalArtículo 197 bis Código del Trabajo. D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
10/08/2016Dictamen 47077-2016Licencias médicas - Rechazo del pago del subsidio - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) - SIL maternalTipos maternales permiso postnatal parental plazos procedimientosD.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20.545. Código del Trabajo.
20/05/2016Dictamen 30388-2016Licencias médicasMaternales postnatal tuiciónD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo; Ley N° 20.545.
15/01/2016Dictamen 3209-2016Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Postnatal parental traspaso semanas al padreLey N° 20.545. Código del Trabajo.
28/12/2015Dictamen 81232-2015Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Tipos maternales postnatal permiso post natal parental padre trabajadorD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545. Código del Trabajo.
16/12/2015Dictamen 79202-2015Licencias médicasIrrenunciabilidad - Maternales - Permiso postnatal parental - TiposD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo; Ley N° 20.545
29/10/2015Dictamen 68875-2015Licencias médicasProtección de la maternidadD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo, Leyes N°s 19620, 16.618 y 20545.
14/10/2015Dictamen 64643-2015Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Tipos maternales postnatal procedencia parto normal parto prematuro parto múltipleD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545.
29/09/2015Dictamen 60511-2015SIL maternalMadre del menor - Derecho del padre - Fallecimiento - Permiso postnatal - Permiso postnatal parentalCódigo Civil. Código del Trabajo. D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
14/09/2015Dictamen 58116-2015Licencias médicasTipos maternales postnatal permiso post natal parental licencis médica continuada enfermedad grave del niño menor de un añoD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo.
12/06/2015Dictamen 37143-2015Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Cambio de jurisprudencia - Derecho del padreCódigo del Trabajo; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
08/01/2015Dictamen 1753-2015Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Tipos maternales postnatal tuición adopción permiso postnatal parentalCódigo del Trabajo; Ley N° 20.545.
13/11/2014Dictamen 75850-2014Licencias médicasTipos maternales permiso postnatal parental irrenunciabilidadD.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud.
06/08/2014Dictamen 50766-2014Licencias médicasTipos maternales permiso postnatal parental incompatibilidadD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo
14/05/2014Dictamen 30083-2014Licencias médicasTipos maternales permiso postnatal parental plazosD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545. Código del Trabajo.
31/03/2014Dictamen 18996-2014Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Tipos maternales permiso postnatal parental más de un empleadorCódigo del Trabajo; Ley N° 20.545; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud.
07/11/2013Dictamen 70602-2013Licencias médicasCondonación - Indebidamente percibidoD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo; Ley N° 20545
18/06/2013Dictamen 37954-2013Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Enfermedad grave del niño menor de un año - Período de reposo - Tipos Leyes N°s. 16395 y 20545, Código del Trabajo, D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud.
12/04/2013Dictamen 22857-2013Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Permiso postnatal parental traspaso al padre cálculo beneficioLey N° 20545.
05/04/2013Dictamen 21346-2013Licencias médicasPadre madre licencia común - Permiso post natal parentalD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo
28/03/2013Dictamen 19609-2013Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Enfermedad común - Irrenunciabilidad - Maternales - Muerte del menor - Permiso postnatal parental - TiposLey N°20.545; Código del Trabajo; D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud.
20/02/2013Dictamen 11747-2013Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Adopción - Maternales - Postnatal parental - TiposCódigo del Trabajo y Ley N°20.545.
07/02/2013Dictamen 8985-2013Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Adopción - Maternales - Postanatal parental - TiposLey N° 20.545.
06/02/2013Dictamen 8605-2013Licencias médicasMaternales - Permiso postnatal parental - TiposD.S N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 20545
08/01/2013Dictamen 1354-2013Licencias médicasDuración - Maternal - Parto prematuro - Peso - Post natalD.S N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545; Circular N°2.777, de 18 de octubre de 2011, de esta Superintendencia.
27/12/2012Dictamen 83560-2012Licencias médicasMaternales - Permiso postnatal parental - TiposD.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código el Trabajo; Ley N° 20545.
27/12/2012Dictamen 83650-2012Licencias médicasAdopción - Maternales - Postnatal - Tipos - TuiciónD.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo; Ley N° 20545.
13/11/2012Dictamen 72789-2012Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Base de cálculo - Común - Incompatibilidad - Laboral - Maternal - SubsidioCódigo del Trabajo y Ley N° 20.545.
06/11/2012Dictamen 70862-2012Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Base de cálculo - Prenatal, prórroga y postnatal - Subsidio maternal - Trabajadores dependientesLeyes N°s. 16.395 y 20.545.
10/10/2012Dictamen 65253-2012Licencias médicasPermiso postnatal parental tuición o cuidado personal - TiposD.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley Nº 20545.
21/09/2012Dictamen 60333-2012Licencias médicasAviso al empleador - Permiso postnatal parental - PlazosD.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545.
21/09/2012Dictamen 60340-2012Licencias médicasHonorarios - Trabajadores independientesD.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545.
14/09/2012Dictamen 59846-2012Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Permiso postnatal parental permiso postnatal parental - PlazosLeyes N°s.16.395 y 20.545;
14/09/2012Dictamen 59730-2012Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Base de cálculo - Derecho a remuneración - Funcionaria pública - Permiso postnatal parentalLey N°20.545. Código del Trabajo.Decreto Nº 1.433, del 12 de noviembre de 2011, del Ministerio de Hacienda. D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
13/09/2012Dictamen 59434-2012Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Gestión útil - Permiso postnatal parental - Prescripción - Regimen transitorioLey N° 20545.
04/09/2012Dictamen 57272-2012Licencias médicasEnfermedad grave niño menor de un año - Irrenunciabilidad - Postnatal parentalD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 20545
23/08/2012Dictamen 54472-2012Licencias médicasPermiso post natal parentalD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo; Ley N°20545.
25/06/2012Dictamen 40116-2012Licencias médicasInicio - Permiso post natal parentalD.S N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545.
14/06/2012Dictamen 37989-2012Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Permiso post natal parentalLeyes N°s. 16.395 y 20545.
08/05/2012Dictamen 29333-2012Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Funcionario público - Permiso post natal parental - Remuneración ocasionalLey N°20.545; Decreto N°1.433, de 18 de octubre de 2011, del Ministerio de Hacienda.
29/03/2012Dictamen 21009-2012Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Fallecimiento - Muerte - Permiso post natal parentalLey N°20.545; Código del Trabajo.
02/03/2012Dictamen 15200-2012Licencias médicasAdopción - Beneficiarios - Madre trabajadora - Maternales - Postnatal - TiposD.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545
28/02/2012Dictamen 14109-2012Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Aviso - Funcionaria pública - Permiso post natal parentalLey N°20.545; D.S. N°1.433, de 2011, del Ministerio de Hacienda, suscrito por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
24/02/2012Dictamen 13492-2012Licencias médicasAlza de cotización de salud durante período de permiso postnatal parentalD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 20545
24/01/2012Dictamen 5410-2012Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Aviso - Pago - Plazos - Postnatal parentalLey Nº 20545. Circulares Nºs 2777 y 2790, del 18 de octubre y 6 de diciembre de 2011, respectivamente, ambas de esta Superintendencia.
20/01/2012Dictamen 4554-2012Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Permiso post natal parentalLeyes N°s.20.545 y 10.662.
18/01/2012Dictamen 4047-2012Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Periodo transitorio - Permiso postnatal parentalLey Nº 20545.
12/01/2012Dictamen 2374-2012Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Post natal - PrenatalLey N° 20.545
10/01/2012Dictamen 1963-2012Licencias médicasPost natal - PrenatalD.S N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 20545
06/01/2012Dictamen 1241-2012Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Aviso - Pago - Parental - Permiso postnatal - PlazosLey N°20.545
24/11/2011Dictamen 72316-2011Licencias médicas D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo, Ley N° 20545
28/04/1987Dictamen 2412-1987Asignación familiar D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
19/12/1986Dictamen 9645-1986Asignación familiar D.F.L Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
12/08/1981Dictamen 1990-1981Asignación familiar D.S. Nº 75, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. Nº 307, de 1974
TítuloDetalle
Ley 20.545Ley 20.545
Ley 18.469Ley 18.469