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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 3337-2005

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Fecha: 27 de enero de 2005

Tema: CCAF

Destinatario: UNA CAJA DE COMPENSACIÓN

Fuentes: Ley Nº 18.833

Concordancia con Oficios: Oficio N°1359, de 12 de enero de 2005 y Oficio N°44.781, de 2004, ambos d ela Superintendencia de Seguridad Social

Concordancia con Circulares: Circular Nº 2183, de 2005, de la Superintendencia de Seguridad Social


El Presidente de esa C.C.A.F. ha solicitado la reconsideración del ORD N°1359, de 12 de enero de 2005, de esta Superintendencia, en el que se confirmó lo resuelto en el ORD N°44.781, de 2004, esto es, que la afiliación de la empresa a la C.C.A.F. y la desafiliación de esa Caja de Compensación, se encuentran ajustadas a las normas contenidas en la ley N° 18.833.

Sobre el particular, cabe señalar que, luego de estudiados los antecedentes del caso, esta Superintendencia ha concluido que no se han aportado nuevos elementos que permitan variar lo resuelto.

Sin perjuicio de lo anterior, se hace presente que, mediante Circular N° 2183, citada en concordancia, este Organismo impartió instrucciones a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar, en orden a que para los efectos de determinar el total de los trabajadores de cada entidad empleadora o establecimiento a que se refiere el artículo 11 de la Ley N° 18.833, deben descontarse, por estar impedidos de asistir a sufragar, aquellos que a la fecha de la asamblea en que les corresponda votar estén con licencia médica.

En mérito de lo señalado, se rechaza la reconsideración interpuesta.

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
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19/12/2007Circular 2424Cajas de CompensaciónINCORPORACIÓN DE TRABAJADORES DEL SECTOR PUBLICO A C.C.A.F. Y MODIFICACIÓN DE NORMAS DE PROCEDIMIENTO DE AFILIACIÓN A DICHAS ENTIDADES. IMPARTE INSTRUCCIONES.Ley N° 18833; Ley N° 19070; Ley N° 20233; D.F.L. N° 1, de 1996, del Ministerio de Educación
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Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
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18/02/2013Dictamen 10801-2013Cajas de CompensaciónAfiliación - VotaciónLey Nº18.833.
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29/03/1985Dictamen 3337-1985Licencias médicas D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud
TítuloDetalle
Ley 18.833Ley 18.833
Artículo 11Ley 18.833, artículo 11