Compendio de Normas sobre Licencias Médicas, Subsidios por Incapacidad Laboral y Seguro SANNA
3. OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO
LIBRO IV. SUBSIDIOS POR MATERNIDAD
TÍTULO V. COBERTURA POR MATERNIDAD PARA MUJERES QUE NO TENGAN UN CONTRATO DE TRABAJO VIGENTE
3. OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO
3. OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO
De acuerdo a lo establecido en el inciso noveno del artículo 3° de la Ley N°20.545, el subsidio será otorgado por el organismo competente para el pago de los subsidios de incapacidad laboral de los trabajadores independientes que sean cotizantes del Fondo Nacional de Salud (FONASA). De acuerdo a ello, el subsidio deberá ser pagado conforme al procedimiento que actualmente se utiliza para el pago de los subsidios por incapacidad laboral.
Cabe señalar que la última parte del inciso noveno del citado artículo 3°, dispone que las normas que rigen las licencias médicas de los trabajadores independientes serán aplicables a la tramitación, autorización y pago del subsidio de que se trata.
Referencias legales: Ley 20.545, artículo 3