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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar


6.8.8 PLAN DE IMPLEMENTACIÓN

6 LIBRO VI. GESTIÓN DE RIESGOS

6.8 TÍTULO VIII. RIESGO DE OBTENCIÓN IMPROCEDENTE DE BENEFICIOS O DE RECURSOS

6.8.8 PLAN DE IMPLEMENTACIÓN

6.8.8 PLAN DE IMPLEMENTACIÓN

Las instrucciones contenidas en los numerales precedentes, deberán implementadas en las etapas y fechas que a continuación se describen:

  1. Primera Fase (al 31 de marzo de 2025)

    1. Diagnóstico y Evaluación Inicial: Las C.C.A.F. deberán realizar una evaluación exhaustiva de sus sistemas actuales de gestión de riesgos y obtención improcedente de beneficios o de recursos, y desarrollar un diagnóstico para identificar las áreas críticas de mejora en relación con lo estipulado en este Título.
    2. Estructura y Capacitación del Personal Clave: Definir la unidad especializada de obtención improcedente de beneficios o de recursos organizacionalmente e Iniciar programas de capacitación específicos para la alta dirección, equipos de auditoría y personal encargado de la implementación del sistema de gestión de obtención improcedente de beneficios o de recursos.
    3. Desarrollo y Aprobación de Políticas, Procedimientos y herramientas tecnológicas: Cada C.C.A.F. deberá desarrollar y aprobar políticas, procedimientos específicos y herramientas tecnológicas del sistema de gestión del riesgo de obtención improcedente de beneficios o de recursos.
  2. Segunda Fase (al 30 de junio de 2025)

    1. Implementación de la gestión de Riesgo: Incorporar la gestión del riesgo de obtención improcedente de beneficios o de recursos, por línea de negocio, considerando al menos, en una primera etapa, Subsidio por Incapacidad Laboral y Crédito Social. El resto de las líneas se podrán incorporar en etapas sucesivas, con fecha máxima al 31 de diciembre de 2025.
    2. Implementación de Herramientas Tecnológicas: Iniciar paralelamente la integración de las herramientas tecnológicas adecuadas para la prevención, detección y reporte de obtención improcedente de beneficios o de recursos, asegurando que los sistemas puedan operar en línea con los requerimientos definidos en el sistema de monitoreo continuo.
  3. Tercera Fase (al 31 de diciembre de 2025)

    1. Implementación Operativa Completa: Todos los procesos críticos y controles establecidos deberán estar en funcionamiento, incluyendo la ejecución del monitoreo continuo, cruces de bases de datos y la utilización de indicadores, en relación con los elementos de gestión de riesgo operacional.
    2. Auditorías y Monitoreo Inicial: Realización de auditorías internas y pruebas piloto del sistema de gestión de obtención improcedente de beneficios o de recursos para verificar la efectividad de los controles y ajustes necesarios antes del cierre del periodo de implementación.