Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar
6.3.9 FLUJO DE CAJA MENSUAL
6 LIBRO VI. GESTIÓN DE RIESGOS
6.3 TÍTULO III. RIESGO DE LIQUIDEZ
6.3.9 FLUJO DE CAJA MENSUAL
6.3.9 FLUJO DE CAJA MENSUAL
La Caja debe enviar a la Superintendencia un reporte cada mes en el que informe el flujo de caja mensual que refleje su situación de liquidez en el periodo.
El reporte debe ser enviado dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes. La C.C.A.F. debe enviar la información con los movimientos reales transcurridos durante el mes anterior.
Los reportes deben ser enviados de acuerdo con el mecanismo que dispone esta Superintendencia para la recepción de los archivos requeridos. Para tal efecto, se dispone de protocolos de transferencia segura de archivos (SFTP) a las contrapartes designadas de cada Caja de Compensación.
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Este Numeral fue modificado por la Circular 3899 del 19 de noviembre de 2025.6.3.9 FLUJO DE CAJA MENSUALNota de Actualización 018 - Modifica Numeral 6.3.9 Circular 3899Modificación vigente a partir del 02 de enero de 2026.