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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar


6.3.8.1 Modelo de Liquidez

6 LIBRO VI. GESTIÓN DE RIESGOS

6.3 TÍTULO III. RIESGO DE LIQUIDEZ

6.3.8 SOBRE EL ENVÍO DE INFORMACIÓN A LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

6.3.8.1 Modelo de Liquidez

6.3.8.1 Modelo de Liquidez

La Caja de Compensación debe remitir a esta Superintendencia los días 05 y 20 de cada mes un archivo plano con la información del modelo de liquidez, de acuerdo a lo señalado en el Anexo N°1: Formato de archivos planos, Anexo N°2: Diccionario de archivos planos y Anexo N°3: Instrucciones generales, todos del Título III del Libro VIdel Compendio de la Ley N°18.833, y además, un archivo resumen en formato XML de acuerdo al formato señalado en el Anexo N°3: Instrucciones generales y Anexo N°4: Formato de documento electrónico (xml), ambos del Título III del Libro VI del Compendio de la Ley N°18.833.

La información remitida el día 5 debe corresponder a la registrada al cierre del mes anterior, mientras que la información remitida el día 20 debe corresponder a la registrada el día 15 del mes en curso (si el día al que corresponde la información fuese sábado, domingo o festivo, la información debe corresponder al día hábil anterior).

Junto con el envío del modelo de liquidez la Caja de Compensación debe remitir trimestralmente, el último día del mes siguiente al primer, segundo, tercer y cuarto trimestre de cada año, un archivo en formato Word, de acuerdo a lo indicado en el Anexo N°3: Instrucciones generales del Título III del Libro VI del Compendio de la Ley N°18.833, el cual debe comprender el detalle de los supuestos y la metodología de cálculo para cada una de las partidas de ingresos y egresos que componen el modelo.

En caso que los días de envío de los respectivos archivos correspondan a un sábado, domingo o festivo, se debe remitir la información el día hábil siguiente.