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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar


6.2.5.2.2 Exposición de largo plazo Libro de Caja

6 LIBRO VI. GESTIÓN DE RIESGOS

6.2 TÍTULO II. RIESGO DE MERCADO

6.2.5 METODOLOGÍA ESTÁNDAR DE MEDICIÓN DE RIESGO DE MERCADO

6.2.5.2 Medición de la exposición al riesgo de tasa de interés y reajustabilidad en el Libro de Caja

6.2.5.2.2 Exposición de largo plazo Libro de Caja

6.2.5.2.2 Exposición de largo plazo Libro de Caja

La exposición de riesgo de tasas para el Libro de Caja de largo plazo se medirá de acuerdo a la siguiente relación:

(Ecuación 6)

: Flujos asociados a activos del Libro de Caja, incluyendo amortizaciones e intereses, denominados originalmente en pesos, para la banda t, expresados en miles de pesos.

: Flujos asociados a pasivos del Libro de Caja, incluyendo amortizaciones e intereses, denominados originalmente en pesos, para la banda t, expresados en miles de pesos.

: Flujos asociados a activos del Libro de Caja, incluyendo amortizaciones e intereses, denominados originalmente en UF o IVP, para la banda t, expresados en miles de pesos.

: Flujos asociados a pasivos del Libro de Caja, incluyendo amortizaciones e intereses, denominados originalmente en UF o IVP, para la banda t, expresados en miles de pesos.

: Factores que miden la sensibilidad de largo plazo de las posiciones en pesos para la banda t.

: Factores que miden la sensibilidad de largo plazo de las posiciones en UF o IVP para la banda t.

Cada Caja debe medir la exposición al riesgo de tasa de interés de largo plazo para el Libro de Caja al menos mensualmente, y establecer un límite como proporción del patrimonio efectivo del mes anterior. Dicho límite debe ser justificado, y su nivel revisado al menos una vez al año, y aprobado por el Directorio. La Tabla con los factores que miden la sensibilidad de largo plazo para las exposiciones en pesos y en UF (o IVP), se muestran en la Tabla 3 del Anexo N°2: Factores de sensibilidad de este Título II del Libro VI del Compendio de la Ley N°18.833.