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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar


6.2.5 METODOLOGÍA ESTÁNDAR DE MEDICIÓN DE RIESGO DE MERCADO

6 LIBRO VI. GESTIÓN DE RIESGOS

6.2 TÍTULO II. RIESGO DE MERCADO

6.2.5 METODOLOGÍA ESTÁNDAR DE MEDICIÓN DE RIESGO DE MERCADO

6.2.5 METODOLOGÍA ESTÁNDAR DE MEDICIÓN DE RIESGO DE MERCADO

La medición estándar del riesgo de mercado se calcula asignando los flujos correspondientes a las posiciones registradas en el activo y en el pasivo en catorce bandas temporales, las que se muestran en la Tabla 6 del Anexo N°3: Formatos de archivos planos de este Título II del Libro VI del Compendio de la Ley N°18.833.

En el caso de operaciones pactadas a tasa flotante, los flujos de intereses se incluirán en las correspondientes bandas temporales hasta el siguiente período de re-cálculo de tasa y la amortización del capital remanente se incluirá en la banda temporal que corresponde a la fecha de ese re-cálculo.

6.2.5 METODOLOGÍA ESTÁNDAR DE MEDICIÓN DE RIESGO DE MERCADO

6.2.5.1 Medición de exposición al riesgo de tasa de interés en el Libro de Negociación

6.2.5.1 Medición de exposición al riesgo de tasa de interés en el Libro de Negociación

La exposición al riesgo de tasa de interés se calcula ponderando la posición neta del libro de negociación por factores de sensibilidad de tasa en pesos y en UF.

Así, la exposición al riesgo de tasas en pesos para el Libro de Negociación se calcula en miles de pesos, como sigue:

(Ecuación 1)

A su vez, la exposición al riesgo de tasas en UF para el Libro de Negociación se calcula, en miles de pesos, como:

(Ecuación 2)

Donde,

representa los flujos asociados a los activos del Libro de Negociación denominados originalmente en pesos, incluyendo amortizaciones e intereses correspondientes a la banda t, expresados en miles de pesos.

representa los flujos asociados a los pasivos (en valor absoluto) del Libro de Negociación denominados originalmente en pesos, incluyendo amortizaciones e intereses correspondientes a la banda t, expresados en miles de pesos.

representa los flujos asociados a los activos del Libro de Negociación denominados originalmente en UF o IVP, incluyendo amortizaciones e intereses correspondientes a la banda t, expresados en miles de pesos.

representa los flujos asociados a los pasivos (en valor absoluto) del Libro de Negociación denominados originalmente en UF o IVP, incluyendo amortizaciones e intereses correspondientes a la banda t, expresados en miles de pesos.

factor que mide la sensibilidad de las posiciones en UF o IVP para la banda t.

factor que mide la sensibilidad de las posiciones en pesos para la banda t.

Los factores de sensibilidad se miden por banda y moneda de acuerdo a la Tabla 1 del Anexo N°2: Factores de sensibilidad del Título II del Libro VI del Compendio de la Ley N°18.833.

La exposición total al riesgo de tasa de interés para el libro de negociación se calcula como:

(Ecuación 3)

Cada Caja debe medir la exposición al riesgo de tasa de interés para el Libro de Negociación quincenalmente, y establecer un límite como proporción del margen financiero trimestral promedio de los últimos cuatro trimestres (promedio calculado con cuatro trimestres móviles no traslapado). El margen financiero se define como los ingresos por intereses y reajustes menos los gastos por intereses y reajustes, por crédito social. Dicho límite debe ser justificado, y su nivel revisado al menos una vez al año, y aprobado por el Directorio.

6.2.5.2 Medición de la exposición al riesgo de tasa de interés y reajustabilidad en el Libro de Caja

6.2.5.2 Medición de la exposición al riesgo de tasa de interés y reajustabilidad en el Libro de Caja

La medición de la exposición a los riesgos de tasas de interés y reajustabilidad del Libro de Caja debe considerar tanto el impacto de corto plazo sobre la capacidad de generación de intereses netos, como el impacto de largo plazo sobre el valor económico de la institución financiera de movimientos adversos en las tasas de interés. Para ello, se determina una exposición a corto plazo, que contempla la exposición de los activos y pasivos de las primeras cinco bandas, y luego una de largo plazo que contempla el resto de las bandas.

6.2.5.2 Medición de la exposición al riesgo de tasa de interés y reajustabilidad en el Libro de Caja

6.2.5.2.1 Exposición de corto plazo Libro de Caja

6.2.5.2.1 Exposición de corto plazo Libro de Caja

La exposición de riesgo de tasas y de reajustabilidad para el Libro de Caja de corto plazo se medirá de acuerdo a la siguiente relación:

(Ecuación 4)

: Flujos asociados a activos del Libro de Caja incluyendo amortizaciones e intereses, denominados originalmente en pesos, para la banda t, expresados en miles de pesos.

: Flujos asociados a pasivos del Libro de Caja, incluyendo amortizaciones e intereses, denominados originalmente en pesos, para la banda t, expresados en miles de pesos.

: Flujos asociados a activos del Libro de Caja, incluyendo amortizaciones e intereses, denominados originalmente en UF o IVP, para la banda t, expresados en miles de pesos.

: Flujos asociados a los pasivos del Libro de Caja, incluyendo amortizaciones e intereses, denominados originalmente en UF o IVP, para la banda t, expresados en miles de pesos.

: Factores que miden la sensibilidad de corto plazo de las posiciones en pesos para la banda t.

: Factores que miden la sensibilidad de corto plazo de las posiciones en UF o IVP para la banda t.

: Posición neta (activa o pasiva) en UF o IVP del Libro de Caja, que se calcula como:

(Ecuación 5)

: Es el factor que mide la sensibilidad de las posiciones en UF e IVP asociado a los cambios adversos en las unidades o índices de reajustabilidad. Este factor es igual a 2%.

Cada Caja debe medir la exposición al riesgo de tasa de interés y reajustabilidad de corto plazo para el Libro de Caja quincenalmente, y establecer un límite como proporción del margen financiero trimestral promedio de los últimos cuatro trimestres (promedio calculado con cuatro trimestres móviles no traslapado). El margen financiero se define como los ingresos por intereses y reajustes menos los gastos por intereses y reajustes, por crédito social. Dicho límite debe ser justificado, y su nivel revisado al menos una vez al año, y aprobado por el Directorio. La tabla con los factores que miden la sensibilidad de corto plazo para las exposiciones en pesos y en UF (o IVP), se muestra en la Tabla 2 del Anexo N°2: Factores de sensibilidad de este Título II del Libro VI del Compendio de la Ley N°18.833.

6.2.5.2.2 Exposición de largo plazo Libro de Caja

6.2.5.2.2 Exposición de largo plazo Libro de Caja

La exposición de riesgo de tasas para el Libro de Caja de largo plazo se medirá de acuerdo a la siguiente relación:

(Ecuación 6)

: Flujos asociados a activos del Libro de Caja, incluyendo amortizaciones e intereses, denominados originalmente en pesos, para la banda t, expresados en miles de pesos.

: Flujos asociados a pasivos del Libro de Caja, incluyendo amortizaciones e intereses, denominados originalmente en pesos, para la banda t, expresados en miles de pesos.

: Flujos asociados a activos del Libro de Caja, incluyendo amortizaciones e intereses, denominados originalmente en UF o IVP, para la banda t, expresados en miles de pesos.

: Flujos asociados a pasivos del Libro de Caja, incluyendo amortizaciones e intereses, denominados originalmente en UF o IVP, para la banda t, expresados en miles de pesos.

: Factores que miden la sensibilidad de largo plazo de las posiciones en pesos para la banda t.

: Factores que miden la sensibilidad de largo plazo de las posiciones en UF o IVP para la banda t.

Cada Caja debe medir la exposición al riesgo de tasa de interés de largo plazo para el Libro de Caja al menos mensualmente, y establecer un límite como proporción del patrimonio efectivo del mes anterior. Dicho límite debe ser justificado, y su nivel revisado al menos una vez al año, y aprobado por el Directorio. La Tabla con los factores que miden la sensibilidad de largo plazo para las exposiciones en pesos y en UF (o IVP), se muestran en la Tabla 3 del Anexo N°2: Factores de sensibilidad de este Título II del Libro VI del Compendio de la Ley N°18.833.