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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales


3. Diferencia entre accidente del trabajo y enfermedad profesional en los casos en que la lesión es de carácter psíquico

LIBRO III. DENUNCIA, CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE INCAPACIDADES PERMANENTES

TÍTULO III. Calificación de enfermedades profesionales

G. Situaciones especiales

3. Diferencia entre accidente del trabajo y enfermedad profesional en los casos en que la lesión es de carácter psíquico

Diferencia entre accidente del trabajo y enfermedad profesional en los casos en que la lesión es de carácter psíquico

En los casos en que la lesión es de carácter psíquico ya sea producto de uno o bien, de varios incidentes o eventos de alto impacto emocional, incluyendo el acoso laboral o sexual y la violencia en el trabajo se debe considerar los siguientes aspectos.

Una manifestación sintomática psíquica, en los eventos de alto impacto emocional, será considerada como probable accidente del trabajo, derivada del trabajo o en relación con él, si se estima causada por un suceso o evento inesperado e imprevisto, incluidos los actos de acoso laboral o sexual y violencia en el trabajo. En este caso el registro del ingreso a la atención de salud debe respaldarse a través de una Declaración Individual de Accidente del Trabajo (DIAT), incluyendo los ingresos para la atención psicológica temprana.

Por otra parte, una manifestación sintomática psíquica en los eventos de alto impacto emocional será considerada como probable enfermedad profesional si se estima contraída como resultado de la exposición prolongada a factores de riesgo derivados de la actividad laboral, entre ellos, en especial, el acoso laboral y sexual y violencia en el trabajo, pero también otros factores de riesgo psicosocial laboral cuando han estado presentes durante un período en el trabajo. En este caso el registro del ingreso a la atención de salud, debe respaldarse a través de una Declaración Individual de Enfermedad profesional (DIEP), incluyendo los ingresos para la atención psicológica temprana.