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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales


6. Selección de los proyectos

LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS

TÍTULO III. Estudios de investigación e innovación

G. Instancias de evaluación y etapas del proceso de desarrollo de proyectos

CAPÍTULO II. Etapas del proceso de desarrollo de proyectos

6. Selección de los proyectos

Selección de los proyectos

Una vez ingresada la evaluación de los evaluadores externos a través de la plataforma, el comité de evaluación para efectos de la selección de los proyectos deberá considerar:

  1. Del procedimiento de elaboración de la lista con proyectos aceptados para su financiamiento

    El puntaje final de cada proyecto provendrá de la media aritmética de los puntajes finales otorgados por los 2 evaluadores externos. A este promedio se le sumarán el promedio de los puntajes otorgados por los miembros del Comité de Evaluación del número 1 "Factibilidad y aplicabilidad", más el promedio de los puntajes establecidos por el Comité de Evaluación del número 2 "Responde a lineamientos estratégicos" conforme al Anexo N°51: "Criterios de factibilidad y aplicabilidad", de la Letra H, Título III del Libro IV. Para los proyectos prioritarios de investigación o innovación, el puntaje final corresponderá al puntaje antes mencionado más, seis puntos adicionales.

    El puntaje final será expresado con un decimal, elevándolo al valor superior si el segundo decimal es igual o superior a 5 y despreciando el segundo decimal si fuere inferior a 5.

    Una vez establecido el puntaje técnico para cada uno de los proyectos especiales, de investigación y de innovación recibidos y aceptados a evaluación, éstos se ordenarán de mayor a menor puntaje en tres listados o nóminas: proyectos especiales, proyectos de innovación y proyectos de investigación.
  2. Causales de rechazo del proyecto

    Se rechazarán las postulaciones que:

    1. Carezcan de un plan de abordaje de los aspectos éticos del proyecto, cuando el proyecto implique intervenciones directas con trabajadores u otros participantes, incluyendo la toma de muestras y/o uso de información sensible u otros. Se deberá cautelar el cumplimiento de la Ley N°20.584 de derechos y deberes del paciente y la Ley N°19.628 de Protección de Datos de Carácter Personal. Para tal efecto, si corresponde, el proyecto deberá estar presentado a un Comité de Ética acreditado al momento de la firma del respectivo convenio. El hecho que se informe la presentación o aprobación a un Comité de Ética acreditado, no reemplazará al plan de abordaje de estos aspectos en la postulación;

    2. Obtengan un promedio de los puntajes asignados por los evaluadores externos inferior a 42 puntos;

    3. Alcancen un puntaje promedio en factibilidad y aplicabilidad inferior a 3 puntos, 0 en alguna de estas dimensiones o inferior a 6 en diseño metodológico, y

    4. La no veracidad de las declaraciones juradas simples.


    No obstante lo anterior, también se verificarán las causales de rechazo señaladas en los apartados correspondientes de este Título III.
  3. Selección de los proyectos

    La selección de los proyectos de investigación y de innovación por parte del comité se realizará, hasta donde alcancen los recursos, de conformidad a las siguientes reglas:
    1. Se seleccionarán aquellos proyectos que posean un mayor puntaje;
    2. En primer lugar, se seleccionarán los proyectos especiales;
    3. Luego se seleccionarán los proyectos de la nómina de proyectos de innovación. Se escogerán los proyectos hasta completar un monto máximo equivalente al 15% del total de fondos disponibles en la convocatoria, o el entero anterior. Los recursos que no se asignen a proyectos de innovación serán asignados a proyectos de investigación;
    4. A continuación, se seleccionarán los proyectos de la nómina de proyectos de investigación, hasta completar los recursos disponibles;
    5. En caso que existan dos proyectos en la nómina equivalentes en objetivos, metodología y resultados esperados, sólo se seleccionará aquél con mayor puntaje;
    6. En caso que existan dos proyectos en la nómina equivalentes en objetivos, metodología, resultados esperados y con igual puntaje, se seleccionará sólo uno mediante aleatoria;
    7. Conforme al ranking, la asignación de los proyectos a cada organismo administrador será por acuerdo de los mismos y tendrá a la vista las preferencias de dichas entidades;
    8. Frente a la ausencia de consenso, o que exista un proyecto que sea requerido por dos o más entidades, y no quieran compartir los gastos de éste, se efectuará una selección aleatoria, y
    9. En el evento que uno o más organismos administradores posean remanentes de recursos producto del proceso de selección, éstos se destinarán a financiar aquel proyecto con el mayor puntaje de la nómina de proyectos con puntajes por sobre los niveles de corte, siempre que pueda ser financiado en su totalidad. Si aplicado este criterio, aún persisten recursos por asignar de las mutualidades de empleadores, podrán asignarse a proyectos de innovación con puntaje por sobre el nivel de corte. Si aún persisten recursos, se deberán aprovisionar para la convocatoria del año siguiente, de acuerdo a lo señalado en las letras a), b) y c) del número 12 del Capítulo II, Letra G de este Título III.

    La Superintendencia de Seguridad Social y los organismos administradores se obligan a prestar toda su colaboración para el correcto desarrollo de los proyectos seleccionados.

Referencias legales: Ley 19.628 - Ley 20.584