Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 136797-2022

.

Fecha: 07 de octubre de 2022

Destinatario: CCAF

Observación: Crédito Social. para los pensionados beneficiarios de una Pensión Garantizada Universal (PGU) a que se refiere la Ley N°21.419, sucesora de la Pensión Básica Solidaria (PBS) de vejez, como única pensión, la cuota mensual de descuento no podrá exceder del 5% de la pensión líquida, independiente del monto de esta. No obstante, este porcentaje podrá llegar al 10% en la medida que la respectiva Caja de Compensación disponga de los mecanismos necesarios para lograr que el costo final del o de los créditos sea igual al saldo de capital. Lo anterior, previo acuerdo de su Directorio, el que deberá ser puesto en conocimiento de esta Superintendencia.

Descriptores: CCAF; Crédito Social; Pensión Garantizada Universal (PGU)

Fuentes: Ley 16.395, artículo 23, Ley N° 18.833

Departamento(s): Departamento Contencioso - Unidad Jurídica

Concordancia con Circulares: 3567; 3670

Visto:

Lo dispuesto en la Ley N° 16.395, que fija el Texto Refundido de la Ley de Organización y Atribuciones de la Superintendencia de Seguridad Social; la Ley N°18.833, que contiene el Estatuto Orgánico de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar; la Ley N°19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°18.010, que establece normas para las operaciones de crédito y otras obligaciones de dinero que indica; el D.S. N°91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba el Reglamento del Régimen de Prestaciones de Crédito Social de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar; lo instruido mediante la Circular N°3567, de 2021, por la Superintendencia de Seguridad Social; lo dispuesto en las Resoluciones N°s 7 y 8, de 2019, que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que, mediante presentación de 05/09/2022, el interesado, reclama en contra de la CCAF, en síntesis, debido a que le descuenta sobre el tope permitido por concepto de crédito social.

Que, el reclamante acompaña una liquidación de pensión de agosto de 2022, que contempla una Pensión Garantizada Universal, donde se observa un descuento de CCAF, sobre los máximos permitidos por la normativa vigente.

Que, CCAF señala en relación con la presentación, mediante Informe Técnico de 08/09/2022, que el interesado solicitó tres créditos en esa entidad, otorgado el 23 de noviembre de 2016 y renegociado, el cual fue otorgado el 04 de noviembre de 2020 y renegociado a través del crédito otorgado el 28 de marzo de 2022 en 60 cuotas de $84.498.-, con primer vencimiento mayo de 2022 y último vencimiento abril de 2027, del cual se ha recaudado el pago de 3 cuotas, el resto se encuentran en proceso normal de cobro. Por lo anterior, el interesado aún registra crédito vigente en esa entidad.

Que, a efectos de pensión líquida de un afiliado debe entenderse que corresponde a la suma del valor líquido de sus pensiones, cualquiera sea el carácter de éstas, es decir, de naturaleza contributiva y/o asistencial, reconociendo como límite el porcentaje de descuento máximo que es posible realizar, según lo establecido en el numeral 1.10.2 de la Circular N°3.567 de 2021, de esta Superintendencia.

Que, de acuerdo a lo establecido en la Circular N°3567, de 2021, de esta Superintendencia (modificación introducida por la Circ. 3670, de 2022) para los pensionados beneficiarios de una Pensión Garantizada Universal (PGU) a que se refiere la Ley N°21.419, sucesora de la Pensión Básica Solidaria (PBS) de vejez, como única pensión, la cuota mensual de descuento no podrá exceder del 5% de la pensión líquida, independiente del monto de esta. No obstante, este porcentaje podrá llegar al 10% en la medida que la respectiva Caja de Compensación disponga de los mecanismos necesarios para lograr que el costo final del o de los créditos sea igual al saldo de capital. Lo anterior, previo acuerdo de su Directorio, el que deberá ser puesto en conocimiento de esta Superintendencia.

Que, en conformidad a la Circular N°3567, citada, en su punto 1.17.9.4. sobre reprogramación de un crédito social, dispone que de acuerdo con lo establecido en el N°1.10.2 de la misma, la cuota mensual de descuento por concepto de crédito social no puede superar los porcentajes máximos establecidos en dicho numeral. Teniendo presente lo anterior, ninguna cuota de crédito social, acordada en el marco de una reprogramación, aun considerando la nueva capacidad de pago del deudor, puede superar, según corresponda, los porcentajes máximos de descuentos aludidos precedentemente, debiendo ajustarse a los porcentajes máximos que es permitido fijar, según la remuneración líquida o pensión del deudor.

Que, sin perjuicio de las explicaciones otorgadas por la CCAF, cualquiera sea la deuda con que se encuentre comprometido un trabajador o pensionado, la CCAF no puede descontar montos que superen los topes porcentuales fijados en la normativa vigente, que en este caso sería un 5%.

Que, las CCAF deben encontrar un mecanismo que le indique el tope de descuentos de cada uno de sus deudores de manera de bloquear en forma automática cualquier nuevo descuento sobre los topes, hasta que el deudor recupere su capacidad de endeudamiento.

Que, la CCAF deberá devolver al pensionado lo recaudado en exceso y diferir los saldos adeudados, efectuando un ajuste del plan de pagos del crédito reclamado.

Teniendo Presente:

Instrúyese a CCAF efectuar la devolución al interesado, de los descuentos efectuados en exceso al 5% de su pensión, recaudados desde el mes de agosto de 2022 en adelante y ajustar el plan de pago del resto de las cuotas que se encuentran en proceso normal de cobro del crédito vigente, de manera que ninguna ellas exceda los descuentos permitidos, cumpliendo lo instruido dentro de en un plazo no superior a 10 días hábiles, contados desde la notificación de la presente Resolución, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones previstas en la Ley N°16.395, Orgánica de este Organismo Fiscalizador.

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
06/06/2022Circular 3670Créditos socialesCAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR MODIFICA CIRCULAR N°3.567 DE 2021 QUE FIJÓ EL TEXTO REFUNDIDO DEL RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL QUE ADMINISTRAN LAS C.C.A.F.Ley N°16.395 en sus artículos 1°, 2° letra b), 3°, 23 y 38 letra e); artículos 1°, 3°, 19 N°3, 21 y 22 de la Ley N°18.833; Ley N°21.419
22/12/2021Circular 3639Cajas de Compensación - VariosCAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. MODIFICA CIRCULAR N°3.567 DE 2021 QUE FIJÓ EL TEXTO REFUNDIDO DEL RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL QUE ADMINISTRAN LAS C.C.A.F. Ley N°16.395, artículos 1°, 2° letra b), 3°, 23 y 38; Artículos 1°, 3°, 19 N°3, 21 y 22 de la Ley N°18.833
04/01/2021Circular 3567Créditos socialesFIJA EL TEXTO REFUNDIDO DE LAS INSTRUCCIONES IMPARTIDAS SOBRE EL RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR, COMPLEMENTA DETERMINADAS INSTRUCCIONES Y DEROGA CIRCULARES QUE INDICAartículos 2°, 23, 38 de la Ley N°16.395 y en los artículos 3°, 19 y 21 de la Ley N°18.833
04/01/2021Circular 3566Cajas de CompensaciónMODIFICA CIRCULAR N°3.175, DE 16 DE NOVIEMBRE DE 2015, DE ESTA SUPERINTENDENCIA, SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS A SEGUIR EN CASO DE PAGOS Y COBROS EN EXCESO DE CUOTAS DE CRÉDITO SOCIALLey N° 18833; Ley N° 16271; Ley N° 16395; D.F.L. N° 1, de 2000, del Ministerio de Justicia.
07/01/2020Circular 3485Créditos socialesCAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. MODIFICA INSTRUCCIONES SOBRE EL RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS C.C.A.F., CONTENIDAS EN LA CIRCULAR Nº 2.052 DE 2003Ley Nº 16.395; Ley Nº 18.833; Ley Nº 21.190; Ley Nº 20.255
09/07/2019Circular 3434Créditos sociales"MODIFICA CIRCULAR N°2.052, DE 2003, EN LO RELATIVO AL DESCUENTO DE CUOTAS DE CRÉDITOS SOCIALES OTORGADOS POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR (C.C.A.F.), EN LAS SITUACIONES QUE INDICA".Ley N° 16.395; Ley N° 18.833
23/04/2018Circular 3355Créditos socialesCAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR (C.C.A.F.). MODIFICA CIRCULAR N° 2.052, DE 2003, EN MATERIAS DE SOLICITUD Y OTORGAMIENTO DE CRÉDITOS SOCIALES, TRATÁNDOSE DE FUNCIONARIOS DE ORGANISMOS PÚBLICOS QUE SE RIJAN POR LA LEY N° 18.834Leyes N° 16.395, 18.833 y 18.834.
21/12/2017Circular 3343Cajas de CompensaciónCAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR (C.C.A.F.) RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL. MODIFICA CIRCULAR N° 2,052, DE 2003 EN MATERIA DE FUENTES DE FINANCIAMIENTO DE LAS C.C.A.F.Leyes N°s. 16.395 y 18.833
26/11/2015Circular 3175Cajas de CompensaciónCAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. IMPARTE INSTRUCCIONES RELATIVAS A LOS PROCEDIMIENTOS A SEGUIR EN CASO DE PAGOS Y COBROS EN EXCESO DE CRÉDITO SOCIAL.Ley N° 18833; Ley N° 16271; Ley N° 16395; D.F.L. N° 1, de 2000, del Ministerio de Justicia.
01/10/2015Circular 3156Cajas de CompensaciónCAJAS DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR. MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2052, DE 2003, SOBRE REGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL.Ley N° 18833; Ley N° 16395
01/04/2015Circular 3105Cajas de CompensaciónCAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL. MODIFICA CIRCULAR 2052, DE 2003 Y 3093, DE 2015.Ley N° 18833; Ley N° 16395
25/08/2014Circular 3040Cajas de CompensaciónCAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. MODIFICA CIRCULAR N° 2052 SOBRE CRÉDITO SOCIAL.Ley N° 18833; Ley N° 16395
29/01/2014Circular 2976Cajas de CompensaciónMODIFICA CIRCULAR N° 2.052 DE 2003, SOBRE REGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIARLey N° 18833; Ley N° 16395
12/09/2012Circular 2869Cajas de CompensaciónPENSIONADOS DIRECA Y CAPREDENA INCORPORACION A C.C.A.F. MODIFICA CIRCULAR N° 2.052, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL.Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 19539; Ley N° 20608
13/07/2012Circular 2843Cajas de CompensaciónCAJAS DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR. MODIFICA CIRCULAR N° 2052, DE 2003, SOBRE REGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL.Ley N° 18833; Ley N° 16395
14/05/2012Circular 2829Cajas de CompensaciónMODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULARES N°S 2.052 Y 2.463, DE 2003 Y 2008, RESPECTIVAMENTE, SOBRE RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR.Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 19539; Ley N° 20255; D.S. N° 27, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
17/04/2012Circular 2824Cajas de CompensaciónMODIFICA INSTRUCCIONES SOBRE EL REGIMEN DE PRESTACIONES DE CREDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS C.C.A.F CONTENIDAS EN LAS CIRCULARES N°S 2.052 Y 2.463, DE 2003 Y 2008, RESPECTIVAMENTE, Y SUS MODIFICACIONES.Ley N° 18833; Ley N° 16395
13/10/2011Circular 2776Cajas de CompensaciónCRÉDITOS UNIVERSALES. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS C.C.A.F. PARA SU OFERTA, OTORGAMIENTO E INFORMACIÓN.Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 18010; Ley N° 19496; Ley N° 20448; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 1512, de 2010, del Ministerio de Hacienda,
12/07/2011Circular 2747Cajas de CompensaciónMODIFICA LA CIRCULAR N° 2.658 DE 2010, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR.Ley N° 18833; Ley N° 16395
02/07/2010Circular 2658Cajas de CompensaciónMODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULARES N°S. 2052 Y 2463, DE 2003 y 2008, RESPECTIVAMENTE, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIARLey N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 19539
04/02/2010Circular 2610Cajas de CompensaciónMODIFICA CIRCULARES NºS 2463, DE 2008 Y 2598,DE 2009,SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL DESTINADO A LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDASLey N° 18833; Ley N° 16395
29/12/2009Circular 2598Cajas de CompensaciónMODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULARES N°S 2052 Y 2463, DE 2003 Y 2008, RESPECTIVAMENTE, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR.Ley N° 18833
07/10/2008Circular 2485Cajas de CompensaciónMODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2.052 DE 2003, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR.Ley N° 18833
20/06/2008Circular 2463Cajas de CompensaciónCRÉDITO SOCIAL DESTINADO A LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR.COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2.052,DE 2003Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 18045; D.S. N° 54, de 2007, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
13/06/2008Circular 2462Cajas de CompensaciónMODIFICA A CIRCULAR N° 2.052, DE 2003, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR.Ley N° 18833; Ley N° 18010
29/09/2006Circular 2328Cajas de CompensaciónDerogada por Circular 3567. Modifica y Complementa Circular N° 2.052, de 2003, sobre Régimen de Prestaciones de Crédito Social administrado por las Cajas de Compensación de Asignación Familiar.Ley N° 18833; Ley N° 18010; Ley N° 19539
08/02/2005Circular 2188Cajas de CompensaciónMODIFICA CIRCULAR N° 2052, DE 2003, SOBRE EL RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL.Ley N° 18833; Ley N° 163950; Ley N° 18010; Ley N° 19951
10/04/2003Circular 2052Créditos socialesRÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR.Ley N° 18833; Ley N° 16395
Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
14/02/2024Dictamen 24915-2024Créditos socialesCrédito Social - Licencia MédicaLey N°16.395, artículo 23; Ley N°19.880; Ley N°18.010; D.S. N°91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social,
09/03/2023Dictamen 648-2023Créditos socialesCrédito Social - CCAFLeyes N°s.16.395 y 18.833.
26/12/2022Dictamen 177369-2022Créditos socialesCrédito Social - ReprogramaciónLey 18.833; Ley 16.395, artículo 23
25/10/2022Dictamen 144477-2022Créditos socialesCCAF - Crédito SocialLey 18.833; y Ley 16.395
30/08/2022Dictamen 3520-2022Créditos socialesCrédito Social - CCAFLeyes N°s.16.395 y 18.833.
19/07/2022Dictamen 2907-2022Créditos socialesCrédito Social - CCAFLeyes N°s.16.395 y 18.833.
05/07/2022Dictamen 2642-2022Créditos socialesPensión Garantizada Universal (PGU) - Crédito socialLeyes N°s.16.395, 18.833, 19.539 en su artículo 16 y 21.419.
06/06/2022Dictamen 73474-2022Créditos socialesCCAF - Crédito Social - CobranzaLey 16.395, artículo 23; Ley 19.496;Ley 19.628; Ley 18.833; artículo 59 del Código de Procedimiento Civil
29/03/2022Dictamen 1161-2022Créditos socialesCrédito Social - CCAFLeyes N°s.16.395 y 18.833.
28/02/2022Dictamen 727-2022Asignación familiar - Créditos socialesAsignación familiar - Crédito Social - Pensión Garantizada Universal (PGU)Leyes N°s.16.395, 18.833 y D.F.L. N°150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
18/01/2022Dictamen 5998-2022Créditos socialesCCAF - Crédito SocialLey 19.880;Ley 18.833;Ley 18.010;Ley 16.395
05/01/2022Dictamen 57-2022Cajas de CompensaciónCCAF - Crédito SocialLeyes N°s.16.395 y 18.833.
31/12/2021Dictamen 4888-2021Cajas de CompensaciónCCAF - Crédito SocialLeyes N°s.16.395 y 18.833.
29/11/2021Dictamen 4442-2021Créditos socialesCCAF - Crédito Social Leyes N°s.16.395 y 18.833. D.S. N° 4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud
03/09/2021Dictamen 3263-2021Créditos socialesCCAF - Crédito SocialLeyes N°s.16.395, 18.833 y 19.628.
27/08/2021Dictamen 3186-2021Cajas de CompensaciónCrédito Social - CCAFLeyes N°s.16.395, 17.322 y 18.833. Circular N°3.567 de 2021, de esta Superintendencia.
24/08/2021Dictamen 3141-2021Créditos socialesCrédito Social - CCAF - Prestaciones adicionalesLeyes N°s.16.395 y 18.833. D.S. 94 de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
06/07/2021Dictamen 86031-2021Créditos socialesCrédito Social - CCAF - Obligación naturalLey 16.395; Ley 18.010; Ley 18.833; Ley 19.880
05/07/2021Dictamen 85582-2021Créditos socialesCrédito Social - CCAFLey 19.880;Ley 18.833;Ley 18.010;Ley 16.395
02/05/2021Dictamen 54303-2021Créditos socialesCrédito Social - CCAFLeyes N°s. 16.395, 18.010; 18.833; 19.880; D.S. N°91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
26/04/2021Dictamen 1546-2021Créditos socialesCCAF - Crédito Social - PensionadosLeyes N°s.21.248, 21.294, 16.395, 18.833
26/04/2021Dictamen 1550-2021Créditos socialesCCAF - Crédito SocialLeyes N°s. 16.395 y 18.833.
04/04/2021Dictamen 39166-2021Créditos socialesCCAF - Crédito SocialLey Nº 16.395; Ley Nº 18.833
30/03/2021Dictamen 1127-2021Cajas de CompensaciónCCAF - Crédito Social - PensionadosLeyes N°s. 16.395 y 18.833.
01/03/2021Dictamen 736-2021Créditos socialesCrédito Social - CCAFLeyes N°s.16.395 y 18.833.
15/02/2021Dictamen 582-2021Cajas de CompensaciónCCAF - Crédito Social Leyes N°s. 16.395 y 18.833
TítuloDetalle
Ley 18.833Ley 18.833
Ley 18.010Ley 18.010
Ley 19.880Ley 19.880
Artículo 23Ley 16.395, artículo 23