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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.046, artículo 3 transitorio

Texto

    Art. 3° Mientras no se dicte el reglamento a que se
refiere la presente ley, regirá en lo que fuere compatible
con las disposiciones de ésta y respecto de las materias
que hacen remisión a reglamento, las normas que hasta la
vigencia de la presente ley eran aplicables.