Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 10.662, artículo .....

Texto

    Artículo... Los imponentes que se acojan a los
beneficios de pensiones y los beneficiarios de montepío,
que en esta ley se establecen, recibirán de la Sección a
título de anticipo y hasta el mes anterior en que entren a
gozarla, una cantidad equivalente al 50% de las pensiones
que les corresponda.