ley 10.383, artículo 21
Texto
Artículo 21. Los fondos destinados a cumplir lo dispuesto en el artículo 50, se distribuirán entre las distintas regiones en relación al monto total de los salarios por los cuales se ha impuesto en cada una de ellas.
Artículo 21. Los fondos destinados a cumplir lo dispuesto en el artículo 50, se distribuirán entre las distintas regiones en relación al monto total de los salarios por los cuales se ha impuesto en cada una de ellas.