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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 10.336, artículo 39

Texto

    Artículo 39. Las remuneraciones de que goce el personal de la Contraloría General de la República serán incompatibles con cualesquiera otras, sean de carácter fiscal, semifiscal, fiscal de administración autónoma o municipal, con excepción de las rentas de la educación pública hasta un máximo de dos cátedras universitarias.