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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Portuarios eventuales

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Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresLegislación citada
14/12/2000Dictamen 45305-2000Cajas de CompensaciónAfiliaciónPortuarios eventualesTrabajadoresLey 18.833Ley 18.833, artículo 27