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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DFL 150 de 1982 Mintrab, artículo 10

Texto

    Artículo 10°.- Lo dispuesto en los artículos
anteriores  sobre pago y percepción de los beneficios, se           (DL 307/74
entenderá sin perjuicio de las resoluciones judiciales que          ART 10°)
se dictaren al efecto.