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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 20.720, artículo 387

Texto

     Artículo 387.- Sustitúyese la letra d) del artículo
30 de la ley Nº 19.995, que establece las bases generales
para la autorización, funcionamiento y fiscalización de
los casinos de juego, por la siguiente:
     "d) Por encontrarse el operador sometido a un
procedimiento concursal de liquidación, y".