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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 20.032, artículo 17

Texto

     Artículo 17.- Los programas de reinserción para
infractores a la ley penal tendrán por objeto la
responsabilización de los adolescentes por sus propias
conductas, el resguardo de su inserción social y familiar y
el respeto por los derechos y libertades de las demás
personas. Para el cumplimiento de estos objetivos se
contará dentro de esta línea de acción con modalidades de
mayor o menor nivel de especialización considerando la
complejidad de la problemática que se pretende abordar.
     En estos programas se deberán respetar todos aquellos
derechos de los y las adolescentes, que no se vean
restringidos por la naturaleza de la medida decretada por el
juez.