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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.806, artículo 60

Texto

     Artículo 60.- Introdúcense las siguientes
modificaciones en la ley Nº 18.287, que establece
procedimiento ante los Juzgados de Policía Local:
     Artículo 4º 
     Derógase el inciso final.
     Artículo 12 
     Derógase el inciso final.
     Artículo 20 bis 
     Derógase el inciso primero.
     Artículo 23 
     Derógase el inciso final.
     Artículo 26 
     Sustitúyese el inciso tercero por el siguiente:
     "Encontrándose firme la resolución que declare que el
menor ha actuado sin discernimiento, el juez de policía
local remitirá el proceso al juez de letras de menores que
corresponda, para su conocimiento y resolución.".