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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.695, artículo 20

Texto

    Artículo 20.- A la unidad encargada de la función de
aseo y ornato corresponderá velar por:
    a) El aseo de las vías públicas, parques, plazas,
jardines y, en general, de los bienes nacionales de uso
público existentes en la comuna;
    b) El servicio de extracción de basura, y c) La
construcción, conservación y administración de las áreas
verdes de la comuna.