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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.382, artículo 59

Texto

    Artículo 59.- Introdúcense las siguientes
modificaciones al artículo 17 de ley N° 18.175:
    a) Sustitúyese, al final de su número 3, la "coma" y
la conjunción "y" que la sigue, por un punto.
    b) Agrégase al mismo número 3, el siguiente inciso:
    "No obstante, no regirá esta incompatibilidad respecto
de las personas que desempeñen un cargo o función en
instituciones de educación superior, y".