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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 2156-1984

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Fecha: 24 de abril de 1984

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: UNA EMPRESA DE SEGUROS

Fuentes: Ley N° 16.744; D.L. N° 3.500, de 1980


Se rechaza que el estado de salud del afiliado a A.F.P, de que se trata, sea consecuencia de accidente del trabajo.

Se hace presente, que no existen antecedentes que prueben dicho accidente.

Del mismo modo, el interesado sólo ha tramitado licencias de medicina curativa.

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
28/08/1981Dictamen 2156-1981Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744; D.S. Nº 101; D.S. Nº 109, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
02/07/1980Dictamen 2156-1980Asignación familiar D.L. Nº 307, de 1974; D. Nº 75, de 1974, Previsión; Ley Nº 17.213; Ley Nº 10.336
30/07/1979Dictamen 2156-1979Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D. N° 1082, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social