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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio Normativo sobre Licencias Médicas y Subsidios por Incapacidad Laboral


2. DISTRIBUCIÓN

LIBRO V. SEGURO DE ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES (SANNA)

TÍTULO VIII. GASTOS DE ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO SANNA

2. DISTRIBUCIÓN

2. DISTRIBUCIÓN

Las entidades que participan de los gastos de administración son las siguientes:

  1. Las Mutualidades de Empleadores de la Ley N°16.744 y el Instituto de Seguridad Laboral, como Entidades Recaudadoras de la cotización SANNA, Pagadoras de los subsidios derivados del permiso SANNA y Administradora de los recursos que conforman el Fondo SANNA.

  1. La Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), en su calidad de dependientes administrativas de la Subsecretaría de Salud Pública.

  1. La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).

La distribución de los gastos de administración entre las instituciones y entidades que participan del Seguro (recaudadoras, pagadoras, administradoras, Superintendencia de Seguridad Social y Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez) se encuentra establecida en el artículo 4° del Decreto Supremo N°112, de 2019, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

La mencionada distribución se presenta en el siguiente cuadro:

Instituciones y Entidades

Año 2018

Año 2019

Año 2020

Año 2021 y siguientes

Recaudadora

19%

12%

14%

9%

Pagadora

34%

23%

28%

19%

Administradora

10%

6%

7%

6%

SUSESO

33%

30%

24%

23%

COMPIN

4%

29%

27%

43%

Los porcentajes asignados a cada función en el cuadro anterior, serán distribuidos entre las instituciones o entidades que ejerzan las respectivas funciones en base a los componentes de cálculo que establece el aludido Decreto Supremo N°112, de 2019.