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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio Normativo sobre Licencias Médicas y Subsidios por Incapacidad Laboral


5. CONTINGENCIA: ENFERMEDAD GRAVE QUE REQUIERA HOSPITALIZACIÓN EN UNA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS (UCI) O DE TRATAMIENTOS INTERMEDIOS (UTI)

LIBRO V. SEGURO DE ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES (SANNA)

TÍTULO II. ACCESO Y ACREDITACIÓN DE LAS CONTINGENCIAS CUBIERTAS POR EL SEGURO

5. CONTINGENCIA: ENFERMEDAD GRAVE QUE REQUIERA HOSPITALIZACIÓN EN UNA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS (UCI) O DE TRATAMIENTOS INTERMEDIOS (UTI)

5. CONTINGENCIA: ENFERMEDAD GRAVE QUE REQUIERA HOSPITALIZACIÓN EN UNA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS (UCI) O DE TRATAMIENTOS INTERMEDIOS (UTI)

Para los efectos de la Ley N°21.063, para que una enfermedad sea considerada grave, el niño, niña o adolescente debe haber ingresado a una unidad de cuidados intensivos o de tratamientos intermedios debiendo la respectiva unidad emitir un documento certificado que acredite que el niño, niña o adolescente se encuentra hospitalizado, o que tras ello, está sujeto a un proceso de rehabilitación o a tratamientos en el domicilio, el que se debe adjuntar al formulario de licencia médica y al informe complementario, al momento de iniciar su tramitación.

Para hacer uso del seguro SANNA, el profesional médico debe emitir una licencia médica y su respectivo informe complementario. En este último debe certificar la condición de salud y consignarla en la sección IC.2 del citado informe, indicando el diagnóstico y la evolución de la enfermedad grave, registrando la fecha de ingreso a la unidad de hospitalización e identificando la unidad respectiva.

Tratándose de aquellos centros hospitalarios que no cuenten con camas disponibles en una Unidad de Paciente Crítico Pediátrico ya sea Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) o Unidad de Tratamientos Intermedios (UTI), por el aumento en la demanda asistencial, podrán ser consideradas como tales aquellas que cuenten con camas que hayan sido reconvertidas y dispongan de los cuidados de dichas unidades como son: soportes vitales como ventilación mecánica invasiva y no invasiva, de estabilización hemodinámica, de monitoreo continuo y de cuidados avanzados, según el caso.

Además de la licencia médica y del informe complementario SANNA, se debe acompañar un informe o declaración escrita del médico tratante. En este informe el profesional tratante debe consignar que el niño, niña o adolescente se encuentra afectado por una enfermedad grave y que dicho cuadro requiere de hospitalización, en una unidad de cuidados intensivos o de tratamientos intermedios, o que, tras ello, está sujeto a un proceso de rehabilitación o a tratamientos en el domicilio.

Referencias legales: Ley 21.063