Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar


8.1.6 INFORMACIÓN CONSOLIDADA DE CRÉDITO SOCIAL

8 LIBRO VIII. SISTEMAS DE INFORMACIÓN, INFORMES Y REPORTES

8.1 TÍTULO I. CENTRAL DE RIESGO FINANCIERO

8.1.6 INFORMACIÓN CONSOLIDADA DE CRÉDITO SOCIAL

8.1.6 INFORMACIÓN CONSOLIDADA DE CRÉDITO SOCIAL

En función de lo establecido en el artículo 20 de la Ley N°19.628, la Superintendencia de Seguridad Social puede efectuar el tratamiento de datos personales, dentro de la órbita de su competencia asignada, en el caso de las Cajas de Compensación y de los beneficios que otorgan a sus afiliados, por las Leyes N°s. 16.395 y 18.833. En virtud de lo anterior, esta Superintendencia debe remitir mensualmente a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar información de deuda consolidada que mantengan los deudores de crédito social en el sistema de C.C.A.F.

Más específicamente, la entrega de información de deuda consolidada de los deudores de crédito social en forma periódica a las C.C.A.F. pretende cumplir con los siguientes objetivos específicos:

  1. Permitir que las C.C.A.F. puedan efectuar la valoración correcta del riesgo y el nivel de endeudamiento de los afiliados al sistema.

  2. Contribuir con la transparencia de la información del régimen de crédito social.

  3. Permitir que la Superintendencia pueda cumplir a cabalidad sus funciones de fiscalización, regulación y de información de los derechos en materia de Seguridad Social.

La transferencia de dicha información desde esta Superintendencia hacia las C.C.AF. tiene como fin permitir el acceso eficiente y oportuno a información íntegra y de calidad vinculada al endeudamiento de los sujetos de crédito social, que facilite la toma de decisiones de las C.C.A.F. asociadas al proceso del otorgamiento de dichos beneficios, para de esta manera velar por el resguardo del fondo social que administran las C.C.A.F. y las instrucciones de esta Superintendencia que regulan el nivel de endeudamiento en crédito social de los afiliados al sistema. Por lo tanto, cualquier tratamiento que se aparte de esta finalidad vulnera tanto la normativa vigente en materia de protección de datos personales como las instrucciones de esta Superintendencia.

El detalle de la información a transferir, descripción y uso del mecanismo de transmisión de datos, normas de uso de la información y plazos de envío están señalados en la página web de esta Superintendencia (www.suseso.cl) en el siguiente link: https://www.suseso.cl/606/w3-propertyvalue-10309.html.