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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar


2.1.2.4 Fecha desde la cual la Desafiliación produce sus efectos

2 LIBRO II. AFILIACIÓN Y DESAFILIACIÓN

2.1 TÍTULO I. AFILIACIÓN DE ENTIDADES EMPLEADORAS

2.1.2 PROCEDIMIENTO DE AFILIACIÓN Y DESAFILIACIÓN EFECTUADA POR MEDIOS ELECTRÓNICOS

2.1.2.4 Fecha desde la cual la Desafiliación produce sus efectos

2.1.2.4 Fecha desde la cual la Desafiliación produce sus efectos

En caso que la desafiliación de una C.C.A.F, por medios electrónicos, no implique la afiliación a otra, dicha desafiliación surtirá efecto desde el día primero del mes subsiguiente a la recepción del correspondiente aviso.

Ahora bien, si la desafiliación de una C.C.A.F. importa la afiliación a otra Caja de Compensación, dicha desafiliación regirá desde la fecha de la correspondiente afiliación a otra, debiendo esta última comunicar a aquélla dicho traspaso con, a lo menos, un mes de anticipación a la fecha en que opere la nueva afiliación.