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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar


2.1.2.3 Procedimiento de Desafiliación y posterior Afiliación a otra C.C.A.F. por medios electrónicos

2 LIBRO II. AFILIACIÓN Y DESAFILIACIÓN

2.1 TÍTULO I. AFILIACIÓN DE ENTIDADES EMPLEADORAS

2.1.2 PROCEDIMIENTO DE AFILIACIÓN Y DESAFILIACIÓN EFECTUADA POR MEDIOS ELECTRÓNICOS

2.1.2.3 Procedimiento de Desafiliación y posterior Afiliación a otra C.C.A.F. por medios electrónicos

2.1.2.3 Procedimiento de Desafiliación y posterior Afiliación a otra C.C.A.F. por medios electrónicos

Tratándose de entidades empleadoras que deseen desafiliarse de una C.C.A.F. con la finalidad de afiliarse a otra de dichas Entidades, se deben observar, además de las reglas precedentemente expuestas, en lo relativo a los procedimientos mismos y sus formalidades, las siguientes reglas.

En primer lugar, se debe votar por medios electrónicos la desafiliación de la C.C.A.F. actual, produciéndose dicho efecto en caso de que la mayoría absoluta del total de trabajadores de la respectiva entidad empleadora hubiese votado a favor de dicha desafiliación, debiendo excluirse de dicho total aquellos que, el día de la votación, se encontraban haciendo uso de licencia médica, feriado, permiso administrativo o en cumplimiento de un cometido funcionario fuera de la región donde se efectúa la votación, debidamente acreditado.

En caso de haberse logrado el voto necesario para obtener la desafiliación de la C.C.A.F. actual, se puede realizar una segunda votación, relativa a buscar el acuerdo de afiliación a otra Caja de Compensación, el que, como se ha señalado, requiere el mismo quórum antes referido y también se debe efectuar por medios electrónicos.

La votación en que se busque la afiliación a una nueva C.C.A.F., debe considerar a todas las Cajas de Compensación existentes al momento de la votación, salvo aquella respecto de la cual operó la desafiliación.

Las votaciones tanto de desafiliación de la actual C.C.A.F. como la de una eventual afiliación a otra, pueden realizarse en una misma oportunidad, según determine la respectiva entidad empleadora.

En caso de haberse acordado la desafiliación de una Caja de Compensación, sea para afiliarse o no a otra, la entidad empleadora debe avisar a ésta, remitiéndole una copia del acta en que conste dicho acuerdo por medio de correo electrónico.