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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar


6.2.3 GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO DE MERCADO

6 LIBRO VI. GESTIÓN DE RIESGOS

6.2 TÍTULO II. RIESGO DE MERCADO

6.2.3 GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO DE MERCADO

6.2.3 GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO DE MERCADO

6.2.3 GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO DE MERCADO

6.2.3.1 Objetivos

6.2.3.1 Objetivos

La Caja debe contar con políticas y procedimientos que les permitan identificar, medir, controlar y divulgar los riesgos de mercado a los que se exponen con el fin de generar una cultura de administración de riesgos y prácticas efectivas, de forma que la toma de decisiones se fundamente técnicamente, y de acuerdo a las mejores prácticas de gestión de riesgos. La gestión integral del riesgo de mercado debe ser conocida por todos los niveles de la organización.

6.2.3.2 Responsabilidad del Directorio

6.2.3.2 Responsabilidad del Directorio

De acuerdo a los artículos 32, 41 y 43 de la Ley N°18.833, los miembros de los Directorios de las Cajas son responsables de gestionar el riesgo de mercado al que una Caja está expuesta y adoptar medidas para controlar y mitigar dicho riesgo. Por lo tanto, el Directorio debe mantener permanente conocimiento de los riesgos asumidos por la Caja y de su correcta administración.

El Directorio de la entidad debe asegurarse que:

  • La estructura de los negocios y el nivel de riesgo de mercado asumido están siendo administrados efectivamente.

  • Para controlar y limitar dichos riesgos se han implementado las políticas y procedimientos correspondientes.

  • La Caja de Compensación cuenta con los recursos necesarios para la evaluación y control de los mismos.

En particular, el Directorio como administrador superior de cada Caja de Compensación es responsable de las siguientes funciones:

  1. Aprobar las políticas y procedimientos para la gestión de riesgos de mercado indicadas en el punto anterior. La aprobación de los procedimientos puede ser delegada en la alta administración, sin que esto exima al Directorio de su responsabilidad.

  2. Atender y analizar las recomendaciones de la Gerencia de Riesgos o Unidad Afín.

  3. Velar por el cumplimiento de las disposiciones establecidas en este Título II del Libro VI de este Compendio de la Ley N°18.833.

  4. Velar por la independencia entre las áreas de medición y monitoreo de riesgos y las áreas operativas, financiera y comerciales de la Caja de Compensación.

  5. Aprobar la designación y remoción de los miembros de la Gerencia de Riesgos o Unidad Afín.

6.2.3.3 Gerencia de Riesgos o Unidad Afín

6.2.3.3 Gerencia de Riesgos o Unidad Afín

Esta Superintendencia recomienda dentro del marco de adopción de buenas prácticas, contar con una Gerencia de Riesgos o unidad afín con funciones bien definidas, en la cual se designe un responsable para administrar los riesgos de mercado, asegurándose de que exista la adecuada separación de funciones en los elementos esenciales del proceso de administración del riesgo y la suficiente independencia para evitar potenciales conflictos de intereses en la toma de decisiones financieras. La Gerencia de Riesgos o Unidad Afín debe existir dentro de la estructura organizacional de la entidad y ser independiente de las áreas de operación, finanzas y comercial.

La Gerencia de Riesgos o Unidad Afín debe ser responsable de que los riesgos asumidos por la entidad se encuentren en los niveles deseados y definidos por el Directorio (en términos de los límites globales definidos), por lo cual debe mantener permanente conocimiento de los niveles, evolución y potenciales riesgos que puedan afectar al balance de la entidad. Esta unidad es por lo tanto, la encargada de dar cumplimiento a la estructura de límites, analizar y proponer al Directorio de la entidad la disminución o aumento de límites de exposición.

La Gerencia de Riesgos o Unidad Afín para desempeñar su labor debería realizar funciones como:

  1. Proponer al Directorio para su aprobación o actualización, las políticas y procedimientos para la gestión de riesgos de mercado.

  2. Vigilar que la realización de las operaciones de la Caja se ajuste a las políticas y procedimientos para la gestión de riesgos de mercado.

  3. Analizar y proponer posibles cambios de los límites de riesgo de mercado y tasas de interés, revisando continuamente su cumplimiento.

  4. Responder y actuar frente a los excesos de los límites.

  5. Analizar e investigar tareas específicas del riesgo de mercado, en particular revisar y evaluar el riesgo de mercado de todas las transacciones importantes a juicio de la Caja antes de su ejecución.

  6. Asegurar que las recomendaciones de las autoridades de regulación y de los auditores internos, sean seguidas apropiadamente.

  7. Presentar al Directorio para su aprobación el test de estrés que luego debe ser enviado a esta Superintendencia según la periodicidad indicada en el Número 6.2.6. del Título II del Libro VI del Compendio de la Ley N°18.833.

  8. Mantener a los equipos humanos, encargados del control y medición de riesgos, al día en los desarrollos metodológicos, regulatorios, y tecnológicos relevantes.

  9. Informar al Directorio, al menos trimestralmente, sobre:

    • El cumplimiento de las políticas y procedimientos descritos anteriormente.

    • Un resumen de las decisiones tomadas por la Gerencia de Riesgos o Unidad Afín.

  10. Desempeñar otras funciones que el Directorio le asigne relacionadas con la gestión de riesgos.

6.2.3.4 Unidad Especializada de Riesgo de Mercado

6.2.3.4 Unidad Especializada de Riesgo de Mercado

La Gerencia de Riesgos o unidad afín, bajo el concepto de buenas prácticas mencionado en el Número 6.2.3. del Título II del Libro VI del Compendio de la Ley N°18.833, debería apoyarse en una unidad especializada de riesgo de mercado, cuyo objetivo es identificar, medir, controlar y divulgar los riesgos de mercado. La Unidad de Riesgo de Mercado debería existir dentro de la estructura organizacional de la entidad y ser independiente de las áreas de operación, finanzas y comercial.

El encargado de la Unidad de Riesgo de Mercado debe poseer un perfil que lo faculte para desempeñar sus funciones adecuadamente, y la entidad debe contar con planes de capacitación en materia de riesgos para los miembros de dicha unidad cuando lo considere necesario.

La Unidad de Riesgo de Mercado debe desempeñar funciones tales como:

  1. Diseñar las políticas y procedimientos para la gestión de riesgos de mercado.

  2. Verificar el cumplimiento de las políticas y los procedimientos una vez que hayan sido aprobados.

  3. Revisar los niveles de riesgo en lo que respecta a los cambios económicos y el entorno del mercado, y el cambio de composición de la cartera.

  4. Medir y monitorear los riesgos de mercado a los que estén expuestos los activos y pasivos del libro de caja y negociación.

  5. Informar al menos mensualmente a la Gerencia de Riesgos o Unidad Afín sobre la exposición de los activos y pasivos antes mencionados.

  6. Proponer y mantener la documentación relacionada con las medidas y el manejo del riesgo de mercado.

  7. Desarrollar y revisar la bondad de ajuste de los métodos de medición de riesgo de mercado y de valorización, dentro de un análisis continuo de los ajustes de los modelos (backtesting) y de los riesgos presentes y potenciales a los cuales se encuentra expuesta la Caja de Compensación, incorporando si es necesario nuevas metodologías al análisis.

  8. Confeccionar y calcular el test de estrés para su posterior presentación al Directorio

  9. Brindar asesoría en materia de riesgos de mercado y tasa de interés al personal de la Caja de Compensación.

  10. Revisar al menos una vez al año las políticas y procedimientos para la gestión de riesgos, con el fin de proponer a la Gerencia de Riesgo o Unidad Afín, los cambios que estime convenientes.

  11. Calcular y dar seguimiento a los requerimientos de capital para la cobertura de riesgos y a los límites establecidos, de conformidad con la normativa vigente.

  12. Desempeñar otras funciones que la Gerencia de Riesgo o Unidad Afín le asigne, siempre que estén relacionadas con los temas de riesgo de mercado y tasa de interés de la Caja.

La Unidad de Riesgo de Mercado debe analizar e informar inmediatamente a la Gerencia de Riesgos o Unidad Afín, cualquier situación que pueda implicar riesgos significativos para el patrimonio o los flujos de la Caja.

En el caso que la Unidad de Riesgo de Mercado indique recomendaciones a la administración que sean parcial, o totalmente desestimadas, el Gerente General tiene la obligación de proporcionar a la Gerencia de Riesgos o Unidad Afín una justificación técnica por escrito de su decisión, en un plazo no mayor a 5 días hábiles posteriores al recibo de dichos informes.

6.2.3.5 Funciones de soporte y control de riesgos

6.2.3.5 Funciones de soporte y control de riesgos

La Caja debe disponer de sistemas de medición de riesgos de mercado que identifiquen todas las fuentes materiales de dichos riesgos y que midan los efectos de variaciones en las tasas de interés y de reajustabilidad, que sean consistentes con sus actividades. Los supuestos bajo los que trabajen los referidos sistemas deben ser entendidos claramente por los gerentes de las áreas vinculadas al manejo de riesgo.

La Caja debe poseer sistemas de información adecuados para medir, evaluar y controlar las exposiciones a riesgos de mercado, así como para generar los reportes requeridos por el organismo supervisor con la frecuencia necesaria, para mantener informado al Directorio, la alta gerencia y a los gerentes de las áreas vinculadas al manejo del riesgo.

La Caja debe tener un adecuado sistema de controles internos sobre sus procesos gerenciales de riesgos de mercado, el cual debe incluir revisiones independientes, regulares y evaluaciones de la efectividad de este sistema y, cuando sea necesario, la realización de modificaciones o mejoras a dichos controles internos.

La Caja debe tomar en cuenta en su gestión del riesgo, las apreciaciones y comentarios que esta Superintendencia realice, con respecto a la exposición y el manejo del riesgo de mercado y tasa de interés.

Los resultados de las referidas revisiones deben ser suministrados a esta Superintendencia durante las inspecciones que realice, así como estar disponibles para su envío, en caso de ser solicitados.

Esta Superintendencia puede requerir, en cualquier momento, información adicional o especial a la Caja de Compensación, respecto del manejo interno de los riesgos de mercado.

Esta Superintendencia evaluará si los procedimientos internos de la Caja de Compensación identifican adecuadamente los riesgos de mercado en sus operaciones. En caso contrario, las entidades deben adecuar sus procedimientos de acuerdo a los requerimientos que realice esta Superintendencia.

Entre las funciones internas relevantes que deben ser descritas y controladas por la administración de riesgos y por auditoría destacan:

  1. Preocuparse de que la infraestructura tecnológica sea acorde con las necesidades de la Caja de Compensación, y que su capacidad de cumplir adecuadamente el rol de soporte para la gestión de riesgos de mercado se desarrolle correctamente.

  2. Generación de procedimientos y metodologías de valorización de mercado de la cartera de negociación y disponible para la venta.

  3. Contar con la infraestructura de reportes adecuada a las necesidades de la Caja de Compensación.

  4. Validar la integridad de los datos utilizados en los procesos de medición de riesgos.

  5. Validar la integridad de los sistemas de información y base de datos.