Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
DS 109 1968 Mintrab, artículo 30
Texto
Artículo 30° Las indemnizaciones globales a que se
refiere el artículo 35° de la ley 16.744, serán las
siguientes:
-------------------------------------------------------
% Incapacidad Monto
de ganancia Indemnización (sueldos base)
-------------------------------------------------------
15,0 1,5
17,5 3,0
20,0 4,5
22,5 6,0
25,0 7,5
27,5 9,0
30,0 10,5
32,5 12,0
35,0 13,5
37,5 15,0
Partes del compendio donde se menciona DS 109 1968 Mintrab, artículo 30:
Cálculo del monto de la indemnización global
Ubicado en: LIBRO VI. PRESTACIONES ECONÓMICAS / TÍTULO III. Prestaciones económicas por incapacidad permanente. Indemnizaciones y pensiones / C. Indemnización global / 4. Cálculo del monto de la indemnización global
Articulado: DS 109 1968 Mintrab, artículo 30 - Ley 16.744, artículo 35