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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales


2. Resultados esperados

LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS

TÍTULO III. Estudios de investigación e innovación

B. Proyectos de investigación e innovación

2. Resultados esperados

Resultados esperados

Dependiendo del tipo de proyecto, sus resultados buscarán:

  1. Proyectos de investigación

    Todo proyecto deberá entregar al menos una serie de recomendaciones a través de, por ejemplo, un listado, una guía o programa. Se valorará que el conocimiento aportado considere el enfoque de género, cuando sea pertinente. Además, será recomendable que el proyecto contemple aspectos relacionados con la inclusión y el desarrollo territorial:
    1. Generar conocimiento que permita una mejor comprensión de la complejidad social, económica y sanitaria del mundo del trabajo y su impacto sobre la seguridad y salud en el trabajo, de los mecanismos que provocan un accidente o una enfermedad profesional -o su empeoramiento- y de las estrategias preventivas que permiten reducir la incidencia de ambos tipos de siniestros;
    2. Proveer nuevos conocimientos que contribuyan a mejorar la calidad, eficiencia y oportunidad de las prestaciones médicas y económicas contempladas en la Ley N°16.744, incluyendo la rehabilitación y el reintegro laboral, y los efectos sociales y económicos relacionados con la incapacidad permanente.
  2. Proyectos de innovación

    Se valorará que el conocimiento aportado considere enfoques de género. Además, será recomendable que el proyecto contemple aspectos relacionados con la inclusión y el desarrollo territorial.

    Todo proyecto de innovación deberá quedar a disposición de la Superintendencia, los organismos administradores, los empleadores y los trabajadores:
    1. Establecer mejoras relevantes en los procesos y desarrollo de nuevos o mejores productos que tengan un impacto positivo en la prevención de accidentes laborales y enfermedades profesionales;
    2. Establecer mejoras relevantes respecto de la protección, recuperación, reinserción laboral y reeducación profesional de las personas trabajadoras, y
    3. Proveer mejoras relevantes en los procesos y desarrollo de nuevos o mejores productos que tengan un impacto positivo en las prestaciones médicas o económicas que contempla el Seguro Social de la Ley N°16.744.