Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
2. Resultados esperados
LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS
TÍTULO III. Estudios de investigación e innovación
B. Proyectos de investigación e innovación
2. Resultados esperados
Resultados esperados
Dependiendo del tipo de proyecto, sus resultados buscarán:
- Proyectos de investigación
Todo proyecto deberá entregar al menos una serie de recomendaciones a través de, por ejemplo, un listado, una guía o programa. Se valorará que el conocimiento aportado considere el enfoque de género, cuando sea pertinente. Además, será recomendable que el proyecto contemple aspectos relacionados con la inclusión y el desarrollo territorial:- Generar conocimiento que permita una mejor comprensión de la complejidad social, económica y sanitaria del mundo del trabajo y su impacto sobre la seguridad y salud en el trabajo, de los mecanismos que provocan un accidente o una enfermedad profesional -o su empeoramiento- y de las estrategias preventivas que permiten reducir la incidencia de ambos tipos de siniestros;
- Proveer nuevos conocimientos que contribuyan a mejorar la calidad, eficiencia y oportunidad de las prestaciones médicas y económicas contempladas en la Ley N°16.744, incluyendo la rehabilitación y el reintegro laboral, y los efectos sociales y económicos relacionados con la incapacidad permanente.
- Proyectos de innovación
Se valorará que el conocimiento aportado considere enfoques de género. Además, será recomendable que el proyecto contemple aspectos relacionados con la inclusión y el desarrollo territorial.
Todo proyecto de innovación deberá quedar a disposición de la Superintendencia, los organismos administradores, los empleadores y los trabajadores:- Establecer mejoras relevantes en los procesos y desarrollo de nuevos o mejores productos que tengan un impacto positivo en la prevención de accidentes laborales y enfermedades profesionales;
- Establecer mejoras relevantes respecto de la protección, recuperación, reinserción laboral y reeducación profesional de las personas trabajadoras, y
- Proveer mejoras relevantes en los procesos y desarrollo de nuevos o mejores productos que tengan un impacto positivo en las prestaciones médicas o económicas que contempla el Seguro Social de la Ley N°16.744.
4 notas
Esta(e) Número fue modificado(a) por la Circular 3870 del 21 de julio de 2025.2. Resultados esperadosNota personalizada, Actualización 103, Circular 3870, Libro IV, Titulo III, Letra B, N°2; 21-07-2025Modificación vigente a partir de la misma fecha.
Esta(e) Número fue modificado(a) por la Circular 3815 del 26 de junio de 2024.2. Resultados esperadosActualización 90, Circular 3815, Libro IV, Título III, Letra B, N°2; 26-06-2024Modificación vigente a partir de la misma fecha.
Esta(e) Número fue modificado(a) por la Circular 3551 del 01 de junio de 2021.2. Resultados esperadosNota personalizada, Actualización 53 - Circular 3551 - Libro IV, Título III, Letra B, número 2; 01-06-2021Modificación vigente a partir del 1° de junio de 2021.
Esta(e) Número fue modificado(a) por la Circular 3353 del 18 de abril de 2018.2. Resultados esperados Nota personalizada, Libro IV, Título III, Letra B,N°2, Circular N°3353 del 18-04-2018Modificación vigente a partir de la misma fecha.