Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
1. Objetivos del módulo EVAST-SISESAT
LIBRO IX. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES
TÍTULO I. Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo (SISESAT)
D. Evaluación y vigilancia ambiental y de la salud de los trabajadores (EVAST – SISESAT)
1. Objetivos del módulo EVAST-SISESAT
Objetivos del módulo EVAST-SISESAT
El Módulo EVAST-SISESAT está orientado a capturar, integrar y mantener el registro de los resultados de las actividades de vigilancia ambiental y de salud de los trabajadores de las empresas en las cuales exista presencia de agentes de riesgos que ameritan sean vigilados por los organismos administradores y empresas con administración delegada, con el objetivo de analizar dicha información desde una perspectiva sistémica e integral que permita supervigilar y proponer medidas o acciones para mejorar la prevención de las enfermedades profesionales.
En particular, la implementación de este sistema de información permitirá:
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Que los flujos de información entre los organismos administradores y la Superintendencia de Seguridad Social sean más eficientes.
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Que la Superintendencia de Seguridad Social cuente con herramientas más efectivas para el ejercicio de su rol de fiscalización del Seguro de la Ley N°16.744 y de esta forma velar por el cumplimiento y observancia de las normas legales.
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Que la Superintendencia de Seguridad Social elabore estadísticas del Seguro de la Ley N°16.744 de las actividades de vigilancia ambiental y de la salud de los trabajadores, y así proponer y diseñar políticas públicas orientadas a la prevención.
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Que otros organismos públicos conforme a sus competencias, accedan a información pertinente para fiscalización y/o de elaboración de estadísticas dentro del ámbito de sus respectivas atribuciones.
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Que los organismos administradores del Seguro de la Ley N°16.744 accedan a información pertinente, con las debidas restricciones, a efectos de mantener la continuidad de la gestión de los riesgos de salud ocupacional para aquellas empresas o trabajadores que cambien de organismo administrador.
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Que diversos actores que participan de los procesos vinculados a la operación del Seguro de la Ley N° 16.744 (trabajadores, empleadores, entre otros) puedan acceder a la información pertinente, según sus intereses y competencias, con las debidas restricciones legales.