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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales


2. Gastos e inversiones

LIBRO I. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL SEGURO

TÍTULO VII. Financiamiento

B. Transferencias presupuestarias y gastos

2. Gastos e inversiones

Gastos e inversiones

  1. Gastos de administración, que no podrán ser superiores a los porcentajes y montos de los ingresos totales de cada organismo, que fija anualmente el citado decreto.

  2. Reserva de eventualidades. El monto de esta reserva debe actualizarse cada año según el porcentaje de los ingresos totales registrados al 31 de diciembre del año anterior, excluidos los provenientes de la cotización extraordinaria, que fije el mencionado decreto.

  3. Gasto en prevención de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, el cual no podrá ser inferior al porcentaje de los ingresos totales de las mutualidades e ISL, ni a los montos establecidos anualmente en el citado decreto. Con cargo a dichos recursos, se deben financiar proyectos de investigación e innovación tecnológica en dicha área.

  4. Forma y oportunidad de los traspasos de aportes del Instituto de Seguridad Laboral a la Subsecretaría de Salud Pública a que se refieren las letras c) y d), del número 1. Transferencias, aportes o traspasos, precedente.

Referencias legales: Ley 16.744, artículo 21