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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.141, artículo 2

Texto

     Artículo 2º.- DEROGADO  

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Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresLegislación citada
09/06/1986Dictamen 4950-1986Pensiones asistenciales - PASIS (Subsidio al discapacitado mental menores de 18 años) ley 18.141, artículo 2